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Le ofrecemos este nuevo espacio exclusivo para temas relacionados con el Derecho Laboral
 #474576  por DrSan
 
Estimados! elevo en consulta un caso interesante que me llego al estudio, a fin de oir sus opiniones.-
Mi cliente una sra. empleada en una empresa de servicios de limpieza. Un dia mientras realizaba su trabajo, un superior de la misma le toma unas fotografias con su celular a modo de broma. Posteriormente, dos de esas fotografias fueron utlizadas para decorar a modo de publicidad unas camionetas de la firma para la cual ella trabajaba, obviamente sin su consentimiento.-
Posteriormente, al cumplirse el periodo de prueba, la despiden sin causa.
Estoy armando el reclamo laboral por diferencias en la liquidacion final y la pregunta es, el tema del uso indebido de la imagen, puede plantearse en sede laboral como resarcimiento por daño moral? o en civil?, por otro lado,estimo que en el TCL deberia intimar por el cese inmediato del uso de la imagen, correcto?
espero sus opiniones!
saludos!
 #474634  por PsicologiaForense
 
DrSan escribió:Estimados! elevo en consulta un caso interesante que me llego al estudio, a fin de oir sus opiniones.-
Mi cliente una sra. empleada en una empresa de servicios de limpieza. Un dia mientras realizaba su trabajo, un superior de la misma le toma unas fotografias con su celular a modo de broma. Posteriormente, dos de esas fotografias fueron utlizadas para decorar a modo de publicidad unas camionetas de la firma para la cual ella trabajaba, obviamente sin su consentimiento.-
Posteriormente, al cumplirse el periodo de prueba, la despiden sin causa.
Estoy armando el reclamo laboral por diferencias en la liquidacion final y la pregunta es, el tema del uso indebido de la imagen, puede plantearse en sede laboral como resarcimiento por daño moral? o en civil?, por otro lado,estimo que en el TCL deberia intimar por el cese inmediato del uso de la imagen, correcto?
espero sus opiniones!
saludos!
No sé, pero ahí probablemente haya también daño psíquico, a veces puede ser algo siniestro encontrarse expuesto de esa manera y de forma sorpresiva...
Saludos
 #474838  por ricardito21
 
Considero que la acción por el uso público indebido y no autorizado de la imagen, debería ejercerse en sede civil, ya que está extinguida la relación laborativa. Sin perjuicio de ello, mencionar el hecho en la demanda laboral no vendrá mal a modo ilustrativo de la conducta del empleador, pero la reparación del daño moral no podrá ser reclamada dos veces.
 #475722  por DrSan
 
Gracias colegas!