Estimados: mi duda es la siguiente. Planteé la nulidad de todo lo actuado (sentencia incluída) por notificarse la demanda en un domicilio donde el mi cliente no vivía y de esa presentación el Juez dió "vista" (no traslado) a la contraria.- La contraria la evacúa y ofrece prueba documental, informativa y testimonial. En concreto la duda es, ¿al haberse corrido vista -y no traslado-, puede la contraria ofrecer prueba? La duda surge a partir de que tengo entendido que la vista implica un derecho de vigilancia o contralor y el traslado estaría más vinculado al derecho de defensa en sí. Por lo demás les consulto ¿cúal es la diferencia entre vista y traslado en concreto? Muy agradecido desde ya.
Me encanta cuando un plan se concreta...