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  • DESPIDO CON CAUSA HACE UN MES

  • Le ofrecemos este nuevo espacio exclusivo para temas relacionados con el Derecho Laboral
Le ofrecemos este nuevo espacio exclusivo para temas relacionados con el Derecho Laboral
 #480657  por juanon33
 
Hola Gente:
El tema de mi consulta es el siguiente:
Vino un cliente aconsultarme y diciendo que trabajaba en blanco desde hace unos años. Hace unmes y medio aprox. se enfermó y pidió licencia por enfermedad inculpable presentando certificado médico.
En la empresa no le reconocen esta presetación del certificado y fue despedido con causa por faltar, por lo cual le mandaron una carta certificada hace un mes notificandole el despido, pero el se durmio en los laurales y me consulto recien esta semana.
Ahora bien, independientemente del tema del certificado y la prueba de la enfermedad, etc. ¿PODRA MANDAR TCL AHORA NEGANDO LA CAUSAL DE DESPIDO?
NO SE HABRA CONSENTIDO YA LA CAUSAL?
Cualquier ayuda en el tema será agradecida.!
Saludos.Juanon
 #480680  por aldito1977
 
Como estás. Según la normativa legal, art. 67 LCT si no lo hizo dentro de los 30 días de aplicada la sanción, esta quedó, lamentalemente, firme.
 #480859  por juandd
 
pero el art 67 de la LCT habla de sancion disciplinaria, no de causas de despidos alegadas ... en mi opinión este art no se relaciona con el caso en cuestión ...
 #480937  por Catita_1
 
Es verdad, esta mal despedido.
Deberia enviar TCL, lo antes posible.
 #481201  por GU
 
No lo pueden despedir por faltar sin intimarlo a retomar tareas. Encaralo por ese lado.

Salutes!
 #481508  por MORGAN
 
Es probable que lo hayan intimado a presentarse a trabajar y justificar inasistencias bajo apercibimiento de abandono y este cliente les entregó el certificado médico en mano, resultado de eso es que después le notifican el despido por abandono. Si no es así la solución es como dice Catita y GU. Despedido está, no vas a lograr que el empleador se retracte, pero podrás reclamar las indemnizaciones por despido incausado.
 #481547  por nataliaiori
 
Hola! Los 30 dias corren para impugnar las sanciones. En el caso del despido, por mas de que haya pasado un mes y pico, podes mandar el telegrama rechazando la causal de despido, reclamando indemnizacion art. 245, certificados de trabajo, etc. Yo ademas agregaria que la empresa tenia pleno conocimiento de su dolencia y que los certificados medicos le fueron entregados. Que lastima que no se quedo con copia firmada. Te cuento un caso que tuve, lo despidieron mas o menos por lo mismo, pero me vino a ver 3 meses despues del despido; mande igualmente TCL, pedi SECLO y lo arregle en la conciliacion. Ahora creo que hay que distinguir dos cosas: 1) si lo despidieron por abandono de trabajo y primero lo intimaron a retomar tareas (no lo pueden despedir por abandono sin antes intimarlo a retomar) 2) Si lo despidieron por faltas injustificadas, en este caso las sanciones deben ser proporcionales, es decir, no despedirlo de una, sino amonestacion, luego susp. de un dia, luego de dos y asi hasta que se llega al despido con causa. Fijate primero que fue bien lo que paso, pero si tu pregunta era si podes mandar TCL, seguro que si.
Saludos!
 #481970  por picho1978
 
Tenes q pedirle todos los telegramas q le hayan mandado. Igualmente, por una oportunidad q falto es un poco abusivo el despido. Habria q ver cuantos dias falto y a los cuantos dias fue la "supuesta" intimación. Fijate si son inmediatos los tiempos usalo a tu favor para probar la mala fe del empleador que sabia de la enfermedad y se apuro a despedir; munite tmb de constancias de cuando fue su primer visita al medico, va a ser un tema de fechas. El despido ese esta firme; pero nada obsta a que discutas judicialmente la causa, cuya prueba estara a cargo del empleador. Lo único en contra sería el silencio ante una intimación a presentarse al trabajador, pero eso tmb es discutible por lo anterior q te explique (abuso en la medida por no existir antecedentes de sanciones, etc.).
 #482010  por margo30
 
Mira yo creo que si el puede probar la enfermedad con los certificados estas bien, aparte es necesario para despedir intimar previamente que en un plazo de 48 hs se presenta a trabajar y no lo hicieron, lo que si tendrias que hacer es directamente notifiarles que te consideras despedido din justa causa y solicitar lo que por ley corresponde ya que la medida por parte del empleador esta tomada