Tengo una persona que hizo aportes autonomos desde 1960 hasta 1992 y luego dejo de pagar, en el 2004 se inscribio como monotributista no aportante. Le prescribi los años de exceso por la 25321 y le marque siete años como beneficio art.3 24476. y le genere la moratoria por el art.6 ley 25994. Esta bien? Debo dar de baja el monotributo?
Dado que es un monotributo solo impositivo lo puede mantener?
Dado que es un monotributo solo impositivo lo puede mantener?