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  • Demanda de daños entablada contra una persona fallecida....

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 #481864  por ANDALUZA
 
Hola a todos: es mi primer intervencion en este foro, en realidad siempre busco temas en Intenet, pero esta vez necesito si alquien puede responder a mis inquietudes:
Tengo q responder una demanada de daños interpuesta contra una persona fisica fallecida y un nombre de fantasia de un negocio. Les cuento que para oponer la excepcion de falta de legitimacion pasiva ya se me paso el plazo, porq en Santa Fe respecto de daños y perj. se deben oponer a los 9 dias de notificado, que es lo que puedo hacer???? uno de los herederos es el titular de la empresa que figura en la demanda, pero es simplemente un nombre de fantasia y él es el titular unipersonal, pero no figura en la demanda.....Lo hago comparecer como heredero .... y contesto la demanda???' que pasa cuando en la demanda se pone el nombre de fantasia de la empresa y la direccion?? como si eso fuera suficiente para individualizar a un demandado.....Bueno espero que alguien pueda ilustrarme.... Muchas gracias! Andaluza
 #481944  por buscojusticia
 
Hola andaluza,
En principio sería bueno saber si la empresa era del difunto y la heredo el hijo o era del hijo, ya que si es del hijo se tendrá que presentar como titular, si es heredero y ya se le otorgo la empresa judicialmente (es decir esta concluida la sucesión) también tendría que ir en nombre propio. Con respecto al difunto, simplemente informaría al tribunal la situación (con el acta de defunción) ya que la demanda no tendría sujeto. Tenemos un colega que tuvo un caso pero en el que le pidieron la quiebra al difunto, cuando se entero de la demanda ya estaban vencidos los plazos, hablo con la secretaría del juzgado y le aconsejo lo que te dijo. Por supuesto que luego los acreedores fueron contra los herederos.
No tengo mucha experiencia ya que recién comienzo en la carrera y estoy aprendiendo, pero espero te sirva de algo. Igual le voy a consultar a unos colegas y si me dicen algo nuevo te aviso
saludos
 #481948  por federic0
 
ANDALUZA escribió:Tengo q responder una demanada de daños interpuesta contra una persona fisica fallecida
Menos mal que la persona fallecida era física... no me imagino velando un contrato de sociedad...
 #481975  por ANDALUZA
 
Hola Muchas gracias por tu respuesta!!!!, te cuento que la empresa es unipersonal y el titular al momento del hecho era el hijo del demandado fallecido, es decir se demando a una persona fallecida y a un nombre de fantasia de una empresa unipersonal que no era del fallecido, y no se demando a la persona titular de la empresa unipersonal..... se entiende?? espero no hacer lio intentando explicar la situacion. El abogado de la otra parte abra pensado q la empresa era de la persona que demando y obvio q tambien desconoce el fallecimiento de esa persona.
La cuestion es que estoy contestando la demanda, y pienso plantear la falta de legitimacion pasiva como defensa de fondo, porq como excepcion ya no puedo...no se si se puede hacer eso pero lo hare igual, de todos modos subsidiariamente contesto demanda... pero a todo esto lo hago comparecer al titular de la empresa que no es demandado, y a su vez como te conte es el heredero del demandado... jaja! que lio!!!! Necesito ayudaaa !!!! please!!!!!!!! Muchas gracias!
 #482037  por buscojusticia
 
Bueno te cuento que en principio yo haría lo mismo que vos, plantear la falta de legitimación pasiva, también es correcto contestar subsidiariamente la demanda pero por supuesto negando todo y no reconociendo ningún hecho, ya que aun cuando sea heredero del difunto no lo coloca en la situación de demandado, (ya que demando al padre y no a la sucesión) en todo caso el otro abogado tendría que ir contra la sucesión, si ya se inicio o encararlo de otro modo pero el problema es del otro colega. Yo igual hoy a la noche veo a mi colega y si te sirve te aviso si el piensa algo distinto ya que tiene un poco mas de experiencia que yo.
Saludos y a tus ordenes
 #482044  por cfg
 
No entiendo a quién vas a representar: porque al muerto no podés y si es a los herederos éstos comparecerán y se correrá traslado de la demanda a ellos (ver art. 47). Es obligación de quien era representante legal del fallecido informar la situación para que se cite a los herederos
 #482058  por ANDALUZA
 
federic0 escribió:
ANDALUZA escribió:Tengo q responder una demanada de daños interpuesta contra una persona fisica fallecida
Menos mal que la persona fallecida era física... no me imagino velando un contrato de sociedad...
jajajaja!!!!que gracioso chiste, ya que esta se te podria caer alguna idea respecto a la cuestion ....-bye
 #482186  por federic0
 
ANDALUZA escribió:
federic0 escribió:
ANDALUZA escribió:Tengo q responder una demanada de daños interpuesta contra una persona fisica fallecida
Menos mal que la persona fallecida era física... no me imagino velando un contrato de sociedad...
jajajaja!!!!que gracioso chiste, ya que esta se te podria caer alguna idea respecto a la cuestion ....-bye
Las ideas las dejo caer donde yo quiero... pero como en lugar de reconocer la redundancia que cometiste te picó el bichito de la mala onda, seguí subiendo para arriba, bajando para abajo, entrando hacia adentro, saliendo hacia afuera, velando personas físicas fallecidas, ya que no vas a obtener ninguna idea de mi parte...
 #482226  por sole10
 
federic0 escribió:
ANDALUZA escribió:Tengo q responder una demanada de daños interpuesta contra una persona fisica fallecida
Menos mal que la persona fallecida era física... no me imagino velando un contrato de sociedad...
:lol: :lol: yo pensaba lo mismo,pero no me animaba a decirlo!!!
 #482466  por BRENDITA
 
la excepción planteala igual xq yo tuve un caso donde soy actora y la demandada me planteó la excepc. fuera de término y en forma subsidiaria me contestó la demanda, yo contesté la excepc. planteando q fue realizado fuera de término y la jueza resolvió q la jurisprudencia establece q esa excepc. cdo. es planteada fuera término vale igual y se resuelve en la sentencia, te aclaro que yo tb. soy de laprov. de sta. fe. Con respecto al nombre de fantasía del negocio, coincido en q el demandado tenia q ser el titular del negocio xq en tu caso no se trata de 1 soc., lo q podrias hacer es pedir informe a la municipalidad de la ciudad del comercio y pedir los datos de quien es el titular del mismo mencionando la dirección del comercio. saludos
 #771637  por mpcarlo000
 
hola gente, estoy muy preocupada y quería hacerles una consulta. Soy de provincia de Buenos Aires y hoy mi mamá recibió una notificación de un juicio sobre DECLARATORIA DE POBREZA iniciado en TRibunal Colegiado de Responsabilidad extracontractual de Primera nominación de ROsario, dirigida la notificación a mi PAPA que está fallecido desde hace 6 años.
Por lo que veo el juicio es además contra otra persona física y una cia de seguros por un supuesto accidente de tránsito que ocasionara un automóvil que estaría a nombre de mi papa.
Podría ser que el no hubiese hecho denuncia de venta ni transferencia, la verdad que no recordamos que haya tenido ese automóvil pero puede ser.
La consulta es, ¿que conviene hacer?? porque la notificación estaba dirigida a una persona fallecida, pero mi mamá la recibió.
detrás de ésto me vendrá la demanda de daños??
me conviene que no la reciba mi mammá??
me conviene presentarme denunciando el fallecimienot??
espero sus ideas y muchas gracias desde ya. Mónica
 #1124205  por silvia38
 
sole10 escribió:
federic0 escribió:
ANDALUZA escribió:Tengo q responder una demanada de daños interpuesta contra una persona fisica fallecida
Menos mal que la persona fallecida era física... no me imagino velando un contrato de sociedad...
:lol: :lol: yo pensaba lo mismo,pero no me animaba a decirlo!!!
YO TAMBIEN LO PENSE. Y ME IMAGINE EL VELATORIO DEL CONTRATO SOCIAL..... MUY BIZARRO JAJAJAJA
 #1124589  por flux
 
Yo diria...

Por la demanda a persona fallecida, no te calentes por los plazos, si esta fallecidad chau plazo. Directamente presentate con un heredero (no con todos, despues te digo porque) contestando en forma espontanea (logico, al heredero en si no le corrieron plazo alguno), solicitando la nulidad de todo lo actuado en fecha posterior al fallecimiento y pidiendo se cite a posibles otros herederos (denuncia el nombre de tales). Si tenes sucesion abierta, denuncia donde tramita. Cuando citen a los otros herederos, ahi te presentas por los otros (si es que vos los vas a representar, podrias hacer todo junto eso, pero..., al hacerlo primero por uno, y luego por el otro cuando lo citen, le ganas entre 3 a 6 meses, o mas, de chicana al juicio, fijate vos que estrategia queres usar, si dilatar, o contestar rapido)

Por la demanda a nombre de fantasia..., dejala correr, no la contestes, directamente, en la respuesta del heredero (no te hagas cargo de contestar por el nombre de fantasia), nega que ese negocio exista con ese nombre de fantasia. Despues le cambias el cartel al negocio y listo..., que le vayan a cobrar "al cartel". La demanda en si esta mal planteada por este lado, no se puede demandar a nombres de fantasia. Lo mas que va a pasar es que al momento de cerrar la litis tenga que desistir a ese codemandado. Que raro que el juzgado no noto que esa demanda estaba mal planteada por ese lado. Pero bueno, deja correr el error, que a vos te beneficia.
uno de los herederos es el titular de la empresa que figura en la demanda, pero es simplemente un nombre de fantasia y él es el titular unipersonal, pero no figura en la demanda.....Lo hago comparecer como heredero .... y contesto la demanda???'
Comparece como heredero solamente, el nombre de fantasia y la empresa, negas su existencia como tal, vos solamente vas en nombre del heredero y desconociendo cualquier empresa con ese nombre. Si te pidieron confesional, oponete, vos no podes confesar por el fallecido, porque no son hechos que a vos te atañen
que pasa cuando en la demanda se pone el nombre de fantasia de la empresa y la direccion?? como si eso fuera suficiente para individualizar a un demandado
Demanda hecha como el OGT, que la cobre si puede :lol: