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  • Querella por injurias

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 #484121  por jeanvaljean02
 
Voy a presentar una querella por injurias, necesito saber si en sede penal puedo actuar como abogada en causa propia como se hace en civil, espero respuesta, muchas gracias
JV
 #484608  por jeanvaljean02
 
Gracias por tu respuesta Héctor. El delito fue cometido por medio de la prensa, la otra duda que tengo es cómo juega el art. 114 del CP en el sentido de la competencia de la justicia penal provincial, no me queda claro, tal vez alguien pueda explicarme. Gracias. JV
 #484748  por PenalistaCBA
 
jeanvaljean02 escribió:Voy a presentar una querella por injurias, necesito saber si en sede penal puedo actuar como abogada en causa propia como se hace en civil, espero respuesta, muchas gracias
JV

Juasss... en teoría si... pero dicen que no es conveniente actuar en causa propia... ya que se pierde objetividad sobre el tema... :shock:
 #484750  por cfg
 
tené en cuenta las reformas a esos delitos realizadas hace poco:
Artículo 110: El que intencionalmente deshonrare o desacreditare a una persona física determinada será reprimido con multa de pesos mil quinientos ($ 1.500.-) a pesos veinte mil ($ 20.000.-). En ningún caso configurarán delito de injurias las expresiones referidas a asuntos de interés público o las que no sean asertivas. Tampoco configurarán delito de injurias los calificativos lesivos del honor cuando guardasen relación con un asunto de interés público.Artículo 113: El que publicare o reprodujere, por cualquier medio, injurias o calumnias inferidas por otro, será reprimido como autor de las injurias o calumnias de que se trate, siempre que su contenido no fuera atribuido en forma sustancialmente fiel a la fuente pertinente. En ningún caso configurarán delito de calumnia las expresiones referidas a asuntos de interés público o las que no sean asertivas. derogado el 112. Todo por ley 26.551 de noviembre que sigue la instrucción de la Corte Interamericana
 #484755  por cfg
 
Leé la ley hay más reformas
 #484835  por jeanvaljean02
 
sí, estoy viendo todo, es un caso de injurias en un diario digital, juega el art.113 del CP, reformado que dice:"ARTICULO 113. - El que publicare o reprodujere, por cualquier medio, injurias o calumnias inferidas por otro, será reprimido como autor de las injurias o calumnias de que se trate, siempre que su contenido no fuera atribuido en forma sustancialmente fiel a la fuente pertinente. En ningún caso configurarán delito de calumnia las expresiones referidas a asuntos de interés público o las que no sean asertivas."
¿Alguien tiene jurisprudencia?
Gracias
JV
 #484842  por cfg
 
la ley es nueva, lo que hay es el caso de la Corte Interamericana, está en los considerasndos del PEN, ahora no lop encuentro, felicidades
 #484860  por jeanvaljean02
 
mil gracias cfg, felicidades, lo que necesito es el debate parlamentario del art. 113, para ver bien cuál es el sentido de la reforma al artículo, saludos!!!!!
JV
 #485251  por jeanvaljean02
 
Tal vez alguien sepa como juegan los artículos 49 y 113 del CP, porque entre ellos hay aparente contradicción, saludos, JV
 #485607  por jeanvaljean02
 
el 49 CP limita la extensión de la punibilidad para el editor o director del medio, mientras que el 113 CP lo incluye como penalmente responsable
 #486140  por PenalistaCBA
 
jeanvaljean02 escribió:sí, estoy viendo todo, es un caso de injurias en un diario digital, juega el art.113 del CP, reformado que dice:"ARTICULO 113. - El que publicare o reprodujere, por cualquier medio, injurias o calumnias inferidas por otro, será reprimido como autor de las injurias o calumnias de que se trate, siempre que su contenido no fuera atribuido en forma sustancialmente fiel a la fuente pertinente. En ningún caso configurarán delito de calumnia las expresiones referidas a asuntos de interés público o las que no sean asertivas."
¿Alguien tiene jurisprudencia?
Gracias
JV

En primer lugar... tendría que especificar un poco más el contenido de las expresiones que considera agraviantes colega... en segundo lugar, tendría que especificar también, quien sería el autor de las manifestaciones agraviantes, y que papel juega el diario digital en todo el tema... Yo le recomendaría que lea atentamente la "Doctrina de la Real Malicia" si intenta ir contra el medio digital colega...
8)
 #486206  por jeanvaljean02
 
PenalistaCba: estoy al tanto de la doctrina de la real malicia y entiendo que voy a poder argumentar por qué este caso no caería allí, no se dan los extremos de su aplicación:no hay figuras públicas o asuntos de interés público, la injuria es vertida de manera asertiva y no potencial, se dice: payasa, resentida, defensora de chorros, entre otros epítetos, es realmente injuriante. Mandé CD al director y al editor del medio y no contestaron, entiendo que se configura el art. 113 del CP, me gustaría contar con algún caso similar en penal, tengo el fallo Jujuy.com pero es civil y no se si previamente habían querellado o no por calumnias e injurias
JV
 #486584  por PenalistaCBA
 
jeanvaljean02 escribió:PenalistaCba: estoy al tanto de la doctrina de la real malicia y entiendo que voy a poder argumentar por qué este caso no caería allí, no se dan los extremos de su aplicación:no hay figuras públicas o asuntos de interés público, la injuria es vertida de manera asertiva y no potencial, se dice: payasa, resentida, defensora de chorros, entre otros epítetos, es realmente injuriante. Mandé CD al director y al editor del medio y no contestaron, entiendo que se configura el art. 113 del CP, me gustaría contar con algún caso similar en penal, tengo el fallo Jujuy.com pero es civil y no se si previamente habían querellado o no por calumnias e injurias
JV

Doc... el fallo de jujuy.com es otra situacion, trata en realidad de la responsabilidad civil refleja a consecuencia del ilicito perpetrado por terceros... En su caso habria que ver quien firma la nota agraviante, pues esa persona seria el autor de las injurias, y el diario en ese caso tendria responsabilidad civil por el dependiente o refleja como jujuy.com.

Si es como dice Ud. Doc...Realmente son muy descalificantes las expresiones... y constituyen injurias... la verdad que a esas clases de periodismo amarillo hay que darles pa que tengaaa!!!.... Ya he hecho causa común con Ud. Doc... Estoy a su disposición para lo que necesite, y si quiere le doy una mano en el tema... :twisted: