Me notifique en provincia sobre una decision de un juez de garantias el dia 28 de diciembre, ahora para apelar a la camara de apelaciones y garantias, cuando se me vencen los cinco dias?? Es para estar seguro... con esto de la feria. muchas gracias.
Solo se suspenden los plazos durante la feria en los casos expresamente contemplados en el art. 139.
Si bien no se trata del recurso de apelación, hay un plenario de Casación que dice:
20-03-2001 | Recurso de casación - Plazo - CómputoFuente (archivo en formato .doc): http://www.scba.gov.ar/noticias/nuevas/ ... n=6194.doc
Cuestión: ¿Cómo se deben contar los plazos de los artículos 139 y 451 del Código de Procedimiento Penal durante la feria judicial?
Resolución: Durante el período de feria judicial corre el término para recurrir en casación, quedando automáticamente prorrogado el último día del plazo hasta las dos primeras horas del segundo hábil de culminado dicho lapso, cuando venciera durante el mismo (arts. 139 y 451 del C.P.P.).
Igual, confirmalo.
Saludos.