Hola amigos: represento a un papá que está luchando por tener contacto con su hija. Se inició régimen de visitas en familia, fijándose un provisorio que nunca fue cumplido con regularidad. Además se inició una IPP por incumplimiento ley 24270. En la mediación solicitada por el Fiscal no quiso acordar. Presentadas pruebas, tomadas las declaraciones a los testigos la Sra. fue citada a declaración art. 308 , negándose a declarar sin mas trámite. Mi cliente está presentado como particular damnificado. Que pasos debo seguir en esta instancia. En Familia se habilitó Juzgado de Feria , se la intimó a presentarse en Comisaría a entregar a la menor y no lo hizo por lo cual se la volvió a intimar y se fijaron astreintes. Que pasos efectivos puedo seguir en materia penal. La intención del padre es lograr el contacto efectivo, ni siquiera le conforman las multas fijadas ya que tampoco le facilitan ver a su hija. Teme por el daño psicológico de la pequeña de 3 años y medio. No le tienen miedo a la madre a pesar que ante el personal policial lo amenazó con mandarlo a matar, habiéndole causado ya varias lesiones y daños. Solicito ayuda con este caso. Gracias.