El acuerdo de abril de 2008 está ok, es el 20% más $100 fijos. Fijate que el artículo 3° del acuerdo establece un adicional para las fechas de pago de aguinaldo. Siempre no remunerativo. Ojo. Podés reclamar diferencias salariales pero no te sirve como base de cálculo de indemnizaciones.
Del acuerdo de abril de 2009, mirá los arts. 3, 4 y 7°. Siempre no remunerativo.
Tené en cuenta que el salario mínimo, vital y móvil está por encima del mínimo remunerativo de convenio. Quizás te conviene tomar ese monto. Creo que hoy esta en $1500. Si necesitás la escala de aumentos 2008/9, avisame y te la paso mañana desde la oficina.
Recordá que el convenio tiene un adicional por presentismo que sí es remunerativo y el adicional por antigüedad.
Intimaste por la 24.013?
Cuando soy buena, soy buena; cuando soy mala, soy mejor.