hola!!!! les cuento que tengo una señora que nacio el 11/7/46 le hice la liquidacion y puse en la sit. de rev. orig. 08/1964-09/1993 y me quedaban por comprar tres o cuatro meses por sdm, el problema es cuando aplico los 4 años de beneficio la 2 cuota me da mas de 360 pesos, en que periodo puedo aplicar el art. 3 y que no me supere este monto? muchas gracias!!!!!! 
pety escribió:hola!!!! les cuento que tengo una señora que nacio el 11/7/46 le hice la liquidacion y puse en la sit. de rev. orig. 08/1964-09/1993 y me quedaban por comprar tres o cuatro meses por sdm, el problema es cuando aplico los 4 años de beneficio la 2 cuota me da mas de 360 pesos, en que periodo puedo aplicar el art. 3 y que no me supere este monto? muchas gracias!!!!!!
Probá dentro del período 04.84 a 09.91. Aquí, los importes son altos (categoría 307: costurera). ¡SUERTE!
