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Consultas sobre pensiones, jubilaciones, aportes y todo lo relacionado al Derecho Previsional
 #499044  por javier46
 
Hola:
Tengo una jubilación docente, pero hice ninguna de este tipo. La sra. tendría más de diez años como docente al frente de grado y le completaría con moratoria.
Bueno el asunto es que tengo DOS dudas existenciales:
1)Dónde llevo adelante el trámite? no es en anses, no?
2)Tendría que pedir certificación de servicios o sirve lo que surja del sijp?
Gracias :mrgreen:
 #499350  por luciana25
 
Si los aportes fueron efectuados a la ANSES, la jubilacion se debe presentar allí. Debes llevar además el formulario 137, para docentes. Te lo certifican en el colegio. Si todos los aportes figuran en la HP, igual llevás el 137.
Saludos!
 #503970  por javier46
 
Ok, muchas gracias, y anses mismo, entonces, le aplica el régimen diferencial? y he leído sobre el IPS? puede ser? cuándo se inciaría ahí? *leo*
Gracias. :mrgreen:
 #504048  por pmuzzi
 
javier46 escribió:Hola:
Tengo una jubilación docente, pero hice ninguna de este tipo. La sra. tendría más de diez años como docente al frente de grado y le completaría con moratoria.
Bueno el asunto es que tengo DOS dudas existenciales:
1)Dónde llevo adelante el trámite? no es en anses, no?
2)Tendría que pedir certificación de servicios o sirve lo que surja del sijp?
Gracias :mrgreen:
javi
yo me acercaria a asesorarme a la udai, porque veo que todos hablan de comprar o completar años con moratoria en los casos de docente,. y todos los regimenes especiales o diferenciales para poder gozar de los beneficios de los mismos tienen que ser puros, es decir todos como docente en este caso. No digo que no se pueda, pero deberias hacer el prorrateo y ver en que periodo comprar años.
para probar la insalubr o el caracter de docente siempre te piden la certificacion por mas que este en el sijp
yo hago jubilaciones docentes, y he comprado años de moratoria para completarlas, pero siempre cesan trabajando como docentes... no se si este es el caso, pero ante estas consultas me surgen muchas dudas.
es importante, mas para el calculo del haber.
Parece que despues de las vacaciones me voy a tener que poner a estudiar de nuevo y mas!!!!
 #504943  por pmuzzi
 
periquita escribió:Hola pmuzzi
No es necesario cesar como docente
Saludos
hola periquita
muchas gracias. Yo aprendo mucho leyendo tus comentarios. yo me recibi hace poco y hace menos de un año que estudio casos de docentes, gralmente de pcia de buenos aires. Por tanto me falta muchooooooooooooooo.
tal vez me malinterpretaste. no dije que en el caso de javi debe cesar como docente. porque si compra años comunes y los prorratea con los docentes supuse que lo mas probable es que haga una jubilacion comun!
Yo siempre, en las jubilaciones de Anses, voy a la udai y me hago un precomputo para no equivocarme.
ahora si se jubila como docente del cargo que se jubila si debe cesar.
 #504960  por periquita
 
pmuzzi escribió: hola periquita
tal vez me malinterpretaste. no dije que en el caso de javi debe cesar como docente. porque si compra años comunes y los prorratea con los docentes supuse que lo mas probable es que haga una jubilacion comun! Yo entendí que quería jubilarla como docente
Yo siempre, en las jubilaciones de Anses, voy a la udai y me hago un precomputo para no equivocarme.
ahora si se jubila como docente del cargo que se jubila si debe cesar
si, incluso si fue docente antes y ahora tiene otra relación de dependencia de servicios comunes también debe cesar si se jubila con el Decreto 137.
Saludos pmuzzi
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