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  • Le ofrecemos este nuevo espacio exclusivo para temas relacionados con el Derecho Laboral
Le ofrecemos este nuevo espacio exclusivo para temas relacionados con el Derecho Laboral
 #40451  por monik
 
HOLA!! EL CASO ES ASÍ:

Una persona trabajaba en un comercio en negro. A principios de este año el empleador le dice que por un tiempo no le podía seguir pagando y la manda a trabajar temporalmente al comercio de un amigo (también en negro). Y ahora este comercio cerró. Mi idea es mandar telegrama al primer empleador para que aclare situación laboral, registre por ley 24013, etc y hago de cuenta que la segunda relación laboral no existió. Porque de lo contrario me podrían oponer que hubo extinción por voluntad concurrente de las partes (dejó de trabajar para el primer empleador hace cuatro meses). Mi cliente sostiene que estos dos empleadores son "socios", pero no hay prueba de ello.

¿Que me aconsejan????
 #40469  por monik
 
monik escribió:HOLA!! EL CASO ES ASÍ:

Una persona trabajaba en un comercio en negro. A principios de este año el empleador le dice que por un tiempo no le podía seguir pagando y la manda a trabajar temporalmente al comercio de un amigo (también en negro). Y ahora este comercio cerró. Mi idea es mandar telegrama al primer empleador para que aclare situación laboral, registre por ley 24013, etc y hago de cuenta que la segunda relación laboral no existió. Porque de lo contrario me podrían oponer que hubo extinción por voluntad concurrente de las partes (dejó de trabajar para el primer empleador hace cuatro meses). Mi cliente sostiene que estos dos empleadores son "socios", pero no hay prueba de ello.

¿Que me aconsejan????

UNA AYUDITA PORFIS!!!!!

 #40479  por klaudia7
 
Hola Monik, esto es capital o pcia?, ya hubo intercambio telegráfico?, yo iría por la 24.013 intimando a que regularice situación laboral como vos pensas, igual espera otras opiniones de los colegas.
Saludos.
klaudia

 #40497  por monik
 
klaudia7 escribió:Hola Monik, esto es capital o pcia?, ya hubo intercambio telegráfico?, yo iría por la 24.013 intimando a que regularice situación laboral como vos pensas, igual espera otras opiniones de los colegas.
Saludos.
klaudia
Gracias por responder!! Es provincia de Santa Fe y no hubo intercambio telegráfico.

 #40533  por klaudia7
 
Hola nuevamente, inicia intercambio por la 24.013 es la que corresponde y fijate el CCT para el tema de escala salarial.
Saludos.
klaudia.

 #40537  por monik
 
klaudia7 escribió:Hola nuevamente, inicia intercambio por la 24.013 es la que corresponde y fijate el CCT para el tema de escala salarial.
Saludos.
klaudia.

GRACIASSS!!!!
 #40654  por mariber
 
monik, yo demandaría a los dos -ellos deberan probar que eran socios y q era una sola empresa- ademas el trabajador continuó con la misma tarea? pero en otro lugar?, no me quedo claro. saludos y aclarame asi avanzamos si? saludos
 #40773  por monik
 
mariber escribió:monik, yo demandaría a los dos -ellos deberan probar que eran socios y q era una sola empresa- ademas el trabajador continuó con la misma tarea? pero en otro lugar?, no me quedo claro. saludos y aclarame asi avanzamos si? saludos
Gracias por responder. El trabajador se fue a trabajar como empleado en otro comercio del mismo ramo, haciendo las mismas tareas (y en negro). Pasa que este comercio es de una persona amiga del primer empleador (y ese comercio ahora cerró). Realmente yo no veo que haya sociedad de hecho. Y en todo caso me parece que es el trabajador quien tendría que probar que había sociedad....
 #41420  por ramon
 
holas ,con todo respecto les digo que no esta bien que lo tengan en negro, pero tambien tengan en cuenta que es imposible blanquear a empleados por los elevados costos, mas si son comercios chicos, es una barbaridad lo que se paga ,lo digo con conocimiento de causa, yo creo que se deberia cambiar algunas cosas para que no halla ningun empleado en negro sin afectar al emprendimiento comercial, porque como estan las cosas ahora es imposible blanquear a empleados: espero que algun dia en este pais se hagan bien las cosasy podamos vivir como sociedad en serio. saludos
 #41422  por ramon
 
Pleasse, que no me contesten mis amigas las trillisas porque ya se que no estan de acuerdo.... :lol:
Me pregunto a donde andarán que desaparecieron del foro o se habrán cambiado de nick?
Aguanten las trillisas.... vuelvannnn.... [/b][/i][/u][/code][/list]
 #41529  por Ishtar
 
Hola Ramón, el tema es que hoy están en vigencia leyes que obligan al empleador a registrar a los empleados de la forma que prescriben, y si el empleador no los registra, corre el riesco de que les hagan juicios y les apliquen las penalidades que duplican, triplican o mas las indemnizaciones a que seria acreedor un empleado si estuviera bien registrado...

Al final si no lo registra, el mas perjudicado resultaría el empleador.

Opino como vos, no creo que con la legislación actual haya disminuído el empleo en negro... :?

 #41562  por GU
 
Ishtar:

Te comento que yo asesoro a empresas, y si bien tenes razon que la falta de registracion trae aparejada la imposicion de multas que duplican (o triplican) las indemnizaciones por despido, un simple calculo matematico indica que es mas conveniente tener trabajando en negro que tenerlos debidamente registrados.

Lo cierto es que, economicamente, resulta mas favorable para el empleador la clandestinidad laboral que abonar los costos de la registracion (no asi cuando hablamos de relaciones que duran poco tiempo).

Ademas, tenes que tener presente otros factores mas alla de las indemnizaciones, como ser que no todos aquellos que trabajan en negro inician juicios o bien que muchos de los que se inician se concilian por importes considerablemente menores a los que les corresponderia de efectuarse una liquidacion ajustada a derecho.

Que se entienda: Me parece mal y personalmente no asesoro a las empresas para que mantengan sin registrar al trabajador, independientemente de que luego lo hagan.

Salutes

 #41695  por ramon
 
[hola, yo no digo que este bien tener empleados no registrados, al contario esta mal, pero la legislacion actual sobre aportes y contribuciones obliga a eso, es muy caro,tienen que hacer algo para solucionar esto sino el trabajo no registrado seguira creciendo y mediantes juicios por esta causa tambien se cerraran muchas empresas, porque no podran solventar esos gastos, a mi modesta opinion esta situacion no beneficia a ninguna de las partes, porque los empleados no cuentan con beneficios sociales y los empleadores estan con el corazon en la boca por futuros juicios. saludos
pdta. habra que buscar alguna solucion.
 #41704  por ANATA
 
luego del intercambio telegrafico llega el momento de la demanda y de hacer la liquidacion....yo denuncie en los tlc lo que el trabajador realmente percibia y cuando pedi la registracion lo hice bajo apercibimiento, entre otras, de las leyes 24013 y entre la normativa puse el convenio colectivo de trabajo...pero nunca puse que reclamaba las diferencia.
Ahora que hago la liquidacion.....tengo que calcular por lo que realmente percibia y denuncia en el telegrama, o pese a no haber reclamado difrencia puedo calcular en base a lo del convenio
desde ya miles de gracias

 #41705  por ANATA
 
perdon...ese mensaje no corresponde y la verdad pido disculpas