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  • FIJACION DE CUOTA ALIMENTARIA O CONSIGNACION DE CUOTA?

  • A pedido de los usuarios, un nuevo Foro dedicado exclusivamente al Derecho de Familia
A pedido de los usuarios, un nuevo Foro dedicado exclusivamente al Derecho de Familia
 #500773  por docmarce
 
Buenas a todos los foristas, a ver si alguien puede darme una manito con este tema, se me está complicando bastante.
Mi cliente es padre de un niño de 4 años, al cual se le dificulta mucho visitarlo, ya que la madre no se lo permite ver ni llevarselo (hay en trámite un régimen de visitas)- Ahora el problema es con la cuota alimentaria. NO hay nada firmado entre las partes, ni alimentos pactados, ni nada, pero mi cliente, como es muy bueno, mensualmente aporta aproximadamente $750.- y solamente ve a su hijo cuando va a llevarle la plata (un ratito y en la puerta de la casa). Recién a partir de diciembre ella le empezó a firmar recibo. Ahora bien, a mi cliente cada vez se le está haciendo más difícil, porque cada vez que va a la casa de la madre del menor, siempre hay una discusión distinta, sin ir más lejos, esta semana que pasó mi cliente se olvidó el dinero arriba de la mesa, se dio cuenta cuando llegó a la casa de la madre de su hijo, y ésta le hizo un escándalo terrible, cuando mi cliente le dijo "Esperá un segundo, voy a buscarla y vuelvo" (yo escuché el escándalo por teléfono), a mi cliente se le hace insostenible la agresión que tiene por parte de la madre de su hijo, por lo que creo que lo más conveniente va a ser que la cuota sea depositada en el banco.
Acá viene mi duda, ya que, al no haber una cuota fijada judicialmente, ¿qué tendría que hacer, iniciar una demanda por fijación de cuota, y después depositarla, o iniciar una consignación de la cuota? Necesito una medida judicial que sea lo más rápida posible.
En ambos casos, ¿tendrían un modelo?
Gracias a todos, besos!!! *flor*
 #500948  por diegogvillamayor
 
inicia por tu cliente el alimentos que se fije judicialmente y que haga los depositos en cuanta de tribu.
Si queres podes hacer consignacion por ahora, pero no es necesario.
Ademas en el alimentos podes arreglar el regimen de visitas.
Por otro lado inicia el impedimento de contacto en sede penal si la mama no deja que el menor vea al padre.

saludos