Portal de Abogados

Un Sitio de Ley 

  • A VER QUE OPINAN

  • Consultas sobre pensiones, jubilaciones, aportes y todo lo relacionado al Derecho Previsional
Consultas sobre pensiones, jubilaciones, aportes y todo lo relacionado al Derecho Previsional
 #40501  por d_lorenti
 
les muestro el caso: Señora naciada el 20/12/1932
Italiana, ingreso al pais en el 1953
Tiene aportado, como autonomo categoria 302 - modista del 03/1984 a 01/1991.
Esta PENSIONADA.
Yo hice la siguiente situacion de revista

Act. 307 : 01/1961 al 01/1970 : 9 años a comprar
act. 307: 01/1976 al 01/1983: 7 años Uso el art. 3 de la 24476 - DDJJ
act. 302: 03/1984 a 01/1991: 7 años, ya pagos por la señora
Beneficio de edad: 7 años y 2 meses

Total 30 años y 2 meses, como la señora tiene pension , con lo cual no puede pagar la 24476 en cuotas, pero saque para que lo pague en efectivo y serian $ 4631.

Uds opinan que esto es potable.

Saludos DIEGO

 #40619  por norabe
 
Hola, tenés 7a 3m de exceso de edad; fijate que de ddjj pusiste 7a 1m, además también compraste dos o tres meses de más , con uno alcanza, bueno son criterios.
Haría desde 01/61 a 11/69 y art 3 01/76 a 12/82 más lo que tiene aportado, 03/84 a 01/91. Por las dudas revisá los cálculos.

 #42413  por d_lorenti
 
Pregunta, yo puedo enviar el SICAM, presentar el tramite en ANSES y una vez acordado pagar la deuda correspondiente.???

DIGANME QUE OPINAN, porque seria una buena alternativa en este caso que es mucho dinero, pagar con la seguridad que sale.

SALUDOS DIEGO

 #42477  por ROS55
 
Yo haría el SICAM, lo mandaría, sacaría turno y ese día cuando me revisen todo, si me dan el visto bueno, me cruzaría a un banco y pagaría todo.