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  • TESTIGO LUEGO DEL OFRECIMIENTO. URGENTE!!!!

  • Le ofrecemos este nuevo espacio exclusivo para temas relacionados con el Derecho Laboral
Le ofrecemos este nuevo espacio exclusivo para temas relacionados con el Derecho Laboral
 #501244  por sabri2010
 
HOLA BUEN DIA A TODOS, NECESITO AYUDA URGENTE!!!!
JUICIO LABORAL EN CAPITAL, TENGO LA AUDIENCIA DEL ART. 80 lo, LA SEMANA QUE VIENE. EL OFRECIMIENTO DE PRUEBA LO PRESENTE EN NOVIEMBRE.
SE CONTACTO CON MI CLIENTE UN EX COMPAÑERO DESPEDIDO QUE ESTA POR PRESENTAR DEMANDA. ESTE HOMBRE SERIA FUNDAMENTAL COMO TESTIGO YA QUE ERA EL ENCARGADO DEL PERSONAL: REALIZABA LOS DIAGRAMAS DE TRABAJO Y ES EL QUE EFECTUABA LOS PAGOS EN NEGRO !EN MANO!.
LA DEMANDA QUE PRESENTE ES POR DESPIDO, DIFERENCIAS SALARIALES Y DEFICIENTE REGISTRACION Y LA PRUEBA QUE PRESENTAMOS SON PLANILLAS DE VIAJE QUE MI CLIENTE FOTOCOPIABA Y GUARDABA, ADEMAS HAY TESTIGOS QUE VIAJABAN CON EL (EX COMPAÑEROS),PERO ESTE HOMBRE QUE LES COMENTO ERA EL ENCARGADO DE LLEVAR A CABO LO QUE RECLAME EN LA DEMANDA. ES DECIR QUE, CON LO QUE YA OFRECI MAS LA DECLARACION DE EL, NO TENGO DUDA QUE SE TENDRIA POR PROBADO TODO LO PLANTEADO EN LA DEMANDA.
COMO VEN, SERIA FUNDAMENTAL LA DECLARACION DE EL. COMO PUEDO HACER PARA INCLUIRLO? PUEDEN SER TESTIGOS SI ESTAN EN JUICIO CON LA DEMANDADA? SE ME OCURRIO DESISTIR DE ALGUNO DE LOS OFRECIDOS Y SUSTITUIRLO POR EL. ME DARAN LUGAR? SE LES OCURRE ALGO? ES MI PRIMER CAUSA, NECESITO OPINIONES URGENTES POR FAVOR!!!!! DESDE YA MUCHAS GRACIAS...
 #501287  por Jurista
 
Si ya ofreciste prueba y se venció el plazo de los tres días de la notificación, yo no podes ampliar, sino fuera así las pruebas se podrían ampliar todo el tiempo y eso vulneraría el derecho de defensa en juicio, te fijastes la posibilidad de plantear hecho nuevo?, es lo único que se me ocurre.
 #502868  por sabri2010
 
Perdon por la demora en agradecer las respuestas, no podia ingresar a la pagina.
Es lo que yo suponia, por eso es que vi la posibilidad de desistir de alguno de los presentados (por enemistad por ej...) y sustituirlo por este nuevo presentando un escrito en la misma audiencia para que se notifique ahi mismo la otra parte, pero... si no se puede..... o no de debe?? (la otra parte no esta cumpliendo con las intimaciones del propio juez ) Esta violando todos los principios procesales....
En este mismo expediente presente un pedido de ejecucion parcial que ya esta resuelto, la otra parte presento su liquidacion, ya se vencio el plazo para que depositen y no lo hicieron. Volvi a presentar un escrito recordando que se habia vencido el plazo y salio una resolucion que decia "no habiendose cumplido con la intimacion....dese curso a la ejecucion parcial de las sumas..." los primeros dias de febrero. Ahora que hago? la audiencia es la semana que viene. Que me conviene hacer? (aclaro que es una empresa con mucho capital y que en la contestacion reconocieron que debian la indemnizacion pero desconocieron las diferencias salariales).
Estamos en una buena posicion para la audiencia pero, como es la primera para mi, no tengo idea de que hacer en la misma. La verdad que tengo miedo de arruinar lo bien que viene todo por alguna barbaridad que haga o deje de hacer!!!!! Como se desarrollan las audiencias? Me vendrian bien algunos consejos. Muchas gracias.
 #502943  por MORGAN
 
No podés agregar ni sustituir ahora a ningún testigo. Tampoco como hecho nuevo porque no es tal. Por lo que contás es un reclamo sin sobresaltos. Hay que compartir los primeros casos con algún colega de experiencia en el tema así te asegurás el éxito del reclamo, no exponés tu responsabilidad profesional, evitás frustrar los créditos de tu cliente y adquirís experiencia.
 #503038  por GU
 
Es cierto, es muy importante tener una guia en los primeros casos (aunque al dia de hoy yo siempre me sigo asesorando con colegas sobre mi juicios). Escuchar, conocer y ver las experiencias de otros suele ser muy util.

Sin perjuicio de esa recomendacion, venis bien, la prueba que presentaste aparenta ser lo suficientemente solida, asi que tomatelo tranquilo.

Respecto al proveido que da curso a la ejecucion parcial, entiendo que opera igual que si tuvieses sentencia firme, pudiendo realizar cualquier medida de ejecucion tendiente a cobrar dichos montos (y luego, pedir honorarios por dicha ejecucion).

En cuanto al testigo, yo creo que no lo vas a poder meter de ninguna forma. Lo unico que se me ocurre, y que probablemente te lo rechacen tambien, es que esta persona haga una declaracion (manifestando que, como, cuando y por que no la hizo antes) ante escribano, con fecha cierta y en base a ello, alegarlo como hecho nuevo o que llego a tu conocimiento dentro del plazo respectivo. Dicha declaracion, la haria en terminos generales, direccionada a beneficiar a todos los empleados en la condicion de tu cliente, como para que no se evidencie que es para tu caso.

Aun asi, no creo que prospere.

Salutes!