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  • TRABAJADOR NO REGISTRADO COMO SIGO?

  • Le ofrecemos este nuevo espacio exclusivo para temas relacionados con el Derecho Laboral
Le ofrecemos este nuevo espacio exclusivo para temas relacionados con el Derecho Laboral
 #502844  por fernandez rocio
 
Hola colegas tengo la siguente duda me vino a ver una persona que trabaja como ayudante en una panaderia, ingreso en mayo de 2008.su salario es $1680,00 mensual trabaja de lunes a lunes. nunca lo registro y por supuesto nunca otorgo recibo su empleador.
ahora la pregunta es la siguiente para arreglar con el empleador
el cliente tendria que cobrar solo antiguedad, preaviso y el mes de febrero?
o se le hace la liquidacion con todas las multas, sac, vacaciones y demas?
que items tendria que en cuenta a la hora que este señor le haga el ofrecimiento?
gracias pero es mi primer caso asi
saludos
 #502918  por simulacro
 
SI EL TRABAJADOR NO ESTA REGISTRADO DEBE INTIMAR POR TELEGRAMA LEY 23789 (LABORAL OBRERO GRATUITO) PARA QUE EL EL PLAZO FIJADO POR LA LEY 24013 REALICE EL EMPLEADOR LA REGISTRACION EN FORMA DESDE LA REAL FECHA DE INGRESO. SI LO DESPIDIO VERBALMENTE, ADEMAS INDICAR EN EL T.E. QUE ACLARE SU SITUACION LABORAL. EN ESE CASO SE APLICAN LAS SANCIONES PREVISTAS EN EL ARTS. 8, 11 Y 15 DE LA 24013 SI SE NIEGA A REGISTRARLO PASAN LOS 30 DIAS Y NO LO REGISTRA. PERO, PARA QUE LAS MULTAS SEAN EXIGIBLES, DENTRO DE LAS 24 HORAS CONTADAS DESDE QUE ENVIA EL TELEGRAMA DEBE NOTIFICAR A LA AFIP(HAY UN FORMULARIO ESPECIAL, BUSCARLO EN LA PAGINA) YA QUE EN CASO CONTRARIO NO SE APLICAN LAS MULTAS. SI NO QUERES NOTIFICAR A LA AFIP CORRE LA LEY 25323, INC. 1 Y 2. EN EL PRIMERO SE DUPLICA LA INDEMNIZACION POR EL SOLO HECHO DE NO EXISTIR REGISTRACION LABORAL EN FORMA. EN EL SEGUNDO SE INCREMENTA EN UN 50 % SI SE DEBE INICIAR ACCION JUDICIAL PARA COBRAR. ESPERO QUE TE SIRVA. CHAU
 #502929  por MORGAN
 
Dependerá de cada situación. El trabajador no quiere trabajar más o el empleador le dijo que se vaya?
Hay relaciones entre empleadores y empleados que pueden acordarse sin dolores de cabeza y otras que no.
Si el trato es tenso, furtiva o poco seria es conveniente intimar a la registración y seguir ese camino, pero como tiene poca antiguedad el empleador puede decidir registrarlo y ahi se complica porque los 4 meses vas a tener que ganarlo en juicio y el ofrecimiento en esa situación va a ser menor.
Si le paga la suma de 4 meses de su sueldo es buen acuerdo, instrumentalo en alguna instancia administrativa o judicial.
 #502989  por fernandez rocio
 
gracias por la respuesta.
el tema esta en que el empleador le va ofrecer una suma, porque para el mes que viene marzo, abril, cambian de dueño en el local y ya le anticipo que los nuevos no cuentan con el.
mi pregunta es que para arreglar extrajudialmente y no hacerlo tan largo, que le corresponderia cobrar al empleado : antiguedad, preaviso, y su ultima remuneracion? y este empleado nunca cobro vacaciones ni Sac...
se entendio ahora un poco mas.... que me aconsejan?
 #503006  por Romina34
 
corresponder le corresponderían todos los rubros adeudados (SAC, vacaciones, horas extras, lo que sea), además de la indemnización por antiguedad y liquidación final. Ello además de las multas por empleo no registrado (ley 24013).
Claro que en esta prejuidicial de conciliación, las multas el empleador no las abonaría.
Saludos,
 #503008  por sergiosky
 
pues si la idea es arreglar extrajudicalmente y en forma pacifica tiene que cobrar "todos" los rubros que se originen con motivo a la extincion de la relacion laboral, sin las multas, eso no quita que el dia de mañana se te ocurra presentarte en juicio a reclamar las diferencias salariales, y ahi pediría las multas ya no de la 24.013 porque la relacion esta extinguida pero si procederían las de la 25.323, art. 80 LCT, obviamente intimando previamente. ahora... si el tema se pone tenso haría lo que te aconseja simulacro.
 #503028  por GU
 
Si, se entendio, pero lo que te explicaron sigue estando bien.

El monto varia mucho entre los distintos abogados. Yo tengo naturaleza conciliadora. Cuando lo que se resuelve es una relacion laboral en negro, si no existio ninguna situacion que amerite una mayor indemnizacion y las partes estan de acuerdo, arreglo por el monto que le hubiere correspondido de haber estado en blanco, es decir: antiguedad, preaviso, mes en curso, aguinaldo y vacaciones proporcionales. Trato de redondearlo para arriba, y normalmente se produce una sana extincion de la relacion laboral.

Muchas veces, lo que determina esto es la intencion del trabajador. Algunos, conociendo los importes que devengan las multas, ponen el juicio como una "inversion" (en muchos casos, realmente lo es). Desde ya, estos casos son aquellos en los que el trabajador ya tiene otro sustento (y depende tambien la solvencia del demandado).

Salutes!
 #503039  por fernandez rocio
 
ok a ver si entendi enviaria entonces telegrama como me indica simulacro. para registracion ante la Afip.
y le diria a mi cliente cuanto le corresponderia por antiguedad, preaviso, mes en curso, vacaciones prop.y sac....para llegar a un arreglo extrajudicialmente que esa es la idea...
muchas gracias saludos !!!!!
 #504190  por fernandez rocio
 
colegas hoy me avisa el cliente que el empleador le quiere dar $2000,000
que hago en ese caso me conviene mandar telegrama para que registre en afip?
yo le dije que no aceptara....
 #504370  por GU
 
Te recomiendo que negocies vos, al trabajador siempre lo caminan, y nosotros "charlamos" mejor.

Salutes!
 #507616  por fernandez rocio
 
hola colegas disculpen que moleste de nuevo con este tema, pero gracias a las opiniones de ustedes me estuve manejando muy bien.
queria comentarles lo siguiente: ayer hable con el dueño del local y me dijo que le quiere dar $3500,00. cuando la liquidacion que le hice es por $7,000,00. obviamente el trabajador dijo que no.
el lunes ya este hombre no abre mas el local....yo quede en llamarlo nuevamente.
como sigo si no acepta los 7,000,00 le digo que le mande telegrama o le envio yo??
 #508290  por GU
 
Lo manda el trabajador.

Mandale el telegrama a la empresa, y de manera personal a esta persona.

Salutes!
 #508526  por fernandez rocio
 
hola gu gracias por tu respuesta.
entonces serian dos telegramas? o uno solo al empleador?
el empleador ya entrego el negocio, pero direcciones donde mandarle tiene mi cliente.....
alguien tendria algun modelo de ejemplo ?
gracias