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Un nuevo espacio respondiendo a las necesidades del trabajo cotidiano. Lo piden, me entero, lo tienen. Suerte!!!
 #502931  por fcandotti
 
Estimados Colegas - Portal de Abogados:
Soy nuevo en la profesión y en el foro. Me habian comentado sobre esta comunidad y, luego de investigar un poco, me he dado cuenta que es realmente genial.
Como recien comienzo estoy haciendo de todo un poco (se agarra vivoras con los dientes) y todos los dias estoy apreendiendo cosas nuevas.
Me lo dijieron al comienzo y creo firmemente que es el secreto, no hay que tener verguenza de preguntar, ya sea al colega, mesa de entrada, secretario o juez. Siempre va a ver gente con buena disposición para ayudar.
Luego de esta breve presentación, quisiera plantear una cuestión que se me ha presentado en estos dias, es un tema de infracción aduanera.

Una sra con nacionalidad y domicilio argentino, que posee un comercio en paraguay, compra en arg. 4 heladeras comerciales.
2 clase A (en una factura) y 1 clase A y otra clase B (en otra factura).
Decide enviar 2 heladeras - las 2 clase A - a paraguay para su comercio. Se lo encarga a un transportista y le da la factura en donde figura 1 clase a y otra clase B.
En el control aduanero se ordena la INTERDICCIÓN PREVENTIVA DE LAS MERCADERIAS, POR SUPUESTA INFRACCIÓN AL 979 CA Y REGIMEN DE TVF PARA EXPORTACIÓN, asimismo hacen constar que no coincide 1 heladera con la factura.
Viene a verme esta sra, me trae las facturas y los remitos.
Voy a la DGA sección sumarios a pedir explicación. Hablo con una abogada.
- Mi 1er cuestión fue, porque el 979 y ¿cuales son las normas? (elm 979 es para equipaje y remita a las normas reglamentarias)
Me dice que al no haber normas especifica se encuadra la infracción en este art.
- Luego me dice que: Al ser arg. y con dom. arg. ella no puede sacar del pais esa mercaderia sin estar inscripta como exportadora (ya que nuestro pais grava la exportación). En todo caso si lo saca como exportación temporaria, no pagará, pero deberá dar garantía.
- Como esto se dio en el control de aduana, no importa que la sra desconociera lo explicado anteriormente, no importa la voluntad y la infracción esta consumada.
- Se ha abeirto un sumario y la multa, para retirar la mercadería, es del valor de las 2 heladeras.
- Que vea de hacer una presentación solicitando que se reduzca o condone la multa dada las circunstancias del caso.

Colegas, historia de por medio, agradeciria su opinion sobre este caso y si alguien me ayuda con un modelo para la presentación seria genial.

Saludos cordiales.
 #503483  por poorlaw
 
Disculpas, no sé nada de aduanero, pero por curiosidad, ¿qué valor en aduana le asignaron a ambas heladeras?