Tengo una duda, se configura en el delito descripto en el art. 153 del cp el siguiente hecho? un tripulante de un buque pesquero imprime un mail, pero la impresora se encuentra ubicada en una oficina a la cual tienen acceso todos los oficiales del buque, y también poseen autorización para recibir los documentos que se imprimen en ella, y asi entregarlos a su destinatario. Cuando en tripulante entra a esa oficina, para retirar el documento impreso, advierte que un oficial esta leyendo el mismo, por lo que se molesta y radica una denuncia. Para mi no encuadra en el art. 153, pero me gustaría que oir otras opiniones. Gracias.
lauraojita escribió:y radica una denuncia¿Dónde la radicó?
Marinos eran los de antes, esto debería haberse resuelto entre ellos, desayunando arenques y chupando ron con el capitán.