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  • DESPIDO EN ESTADO DE ENFERMEDAD

  • Le ofrecemos este nuevo espacio exclusivo para temas relacionados con el Derecho Laboral
Le ofrecemos este nuevo espacio exclusivo para temas relacionados con el Derecho Laboral
 #506435  por maurileandro
 
Hola tego el siguiente interrogante micliete sufrio una enfermedad que se considero inculpable urante la misma estuvo mucho tiempo sin trabajar el medico luego de un ultimo control le reingresa al trabajo con tareas livianas, se reincorpora al trabajo, durente este momento de tareas livianas despiden a mi cliente y la indemnizacion solo le pagan por un despido sin causa. La situacion de aun padecer la enfermedad y estar realizando tareas liviana agrava la indeminzacion por despido??? se considera que aun esta enferma pese a estar trabajando???
 #506462  por DAL
 
Hay que ver si tenía alta.
Si tenía alta la indemnización es la normal.
Si estaba en periodo de licencia paga, hay que pagar los salarios hasta el alta o el fin del periodo pago.
Si ya lo había agotado, sigue pagandose la idemnización normal.
 #595047  por ely
 
chicos tengo un caso similar, la unica diferencia radica en que se encuentra dentro del periodo de licencia paga el dia 4/8 presento certificado en el cual le dan alta parcial para realizar tareas livianan ya que aparentemente lo tienen que operar de la columna y le dicen que le van a a otorgar la tareas que se dirija a personal quienes le refieren lo mismo. En el dia de ayer lo despiden el texto del telegrama dice por el 245, Con lo cual me parece que le tienen que pagar la licencia hasta que termine y la indemnizacion por despido sin causa. La pregunta es Rechazo el despido o negocio con recursos humanos la salida. Mi duda es si tengo que rechazar el despido manifestando que se encuentra con licencia por enfermedad. Les comento que la denuncia a la ART la tuvimos que hacer nosotros porque ellos no la habian hecho. Me podrian ayudar a ver si rechazo el despido. DEsde ya un millon de gracias.
 #595116  por DAL
 
Los despidos no se rechazan, son una desición unilateral del empleador. Lo que se rechaza es la causal invocada, si la hay.
Dispuesto el despido no hay nada que rechazar sino actar, en todo caso discutir el quantum de la indmenización. En tu caso, si corresponde pagarse los plazos que faltan hasta el alta o cese de la licenica paga por enfermedad adicionalmente al 245.
 #595669  por ely
 
Gracias Dal Mi duda es si le mando telegrama manifestando que atento el despido, que ellos manifiestan unicamente art. 245 LCT, le contestodiciendo que corresponde tambien la aplicacion del art. 213LCT. Que te parece? Desde ya te agradezco muchisimo tu ayuda
 #595673  por ely
 
Dal te molesto nuevamente por lo que dice el 213 "...a todo el tiempo que faltare para el vencimiento de aquella o a la fecha del alta, segun demostracion que hiciese el trabajador" podre pedir que se le sigan abonando los sueldos hasta el alta definitiva. Ya se es una locura pero como se tiene que operar, es u problema de columan quiero que le sigan pagando. Otra duda que tengo es si una vez que negocie el despido puedo seguir con el accidente entiendo que si que no hay problema, una cosa no obsta la otra. Me gustaria negociarle la sallida de la empres y seguir con el tema del accidente adelante porque tiene un preocupacional super limpio y ahora esta con un serio problema de columna , trabajaba en expedicion , carga y descarga de camiones, etc. levantando peso. Bueno no quiero molestarte demasiado pero la realidad es que hasta ahora no hice nada de accidentes, y me estan entrando, y la situacion economica no da como para perderlos. Gracias
 #595683  por agentil
 
La indemnización abarca hasta la fecha de alta o la que del periodo págo, la que se de primero. Ahora si vos pensas que se dio la dolencia de tu cliente por el trabjo ya deberías denunciarlo a la ART, y seguir su procedimiento. saludos!!
 #595830  por DAL
 
Exacto, como dice agentil, deberías, si crees que es así (o mejor dicho TE LO DICEN LOS MEDICOS) denunciar el siniestro a la ART. Y si cobra el 245 luego puede reclamar el 213, o las difernecias o lo que sea.
Pero ojo cuando vos hablás de "negociarle" la salida de la empresa, ya salio de la empresa, y si vas a negociar un acuerdo, este cerrará definitivamente toda posibilidad de reclamo. Asi que ojito!