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  • Reemplazar a defensoría en alimentos

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A pedido de los usuarios, un nuevo Foro dedicado exclusivamente al Derecho de Familia
 #506887  por lorepao
 
Hola! Tengo una duda porque es la primera vez que me traen un caso de familia ya empezado y para colmo donde el anterior patrocinante de la actora en alimentos es la defensoría. Se que se debe enviar carta a los abogados particulares cuando se los reemplaza en el patrocinio, en este caso es igual? debo enviar carta al defensor? además esta parado desde el 2.008 cdo citaron a audiencias, no se realizaron y quedó ahí!! Así que ahora la chica que tiene trabajo prefiere que se lo lleve yo, ya que se queja del poco interés que tienen en seguir con su caso. Otro detalle es que nunca terminaron el beneficio de litigar sin gastos. (Soy de la prov. de bs.as.)
Desde ya que les agradezco si me orientan un poco!!!!! :? :? :? :?
 #506915  por diegogvillamayor
 
hola como estas, ante todo una pregunta. Para que queres un beneficio de litigar sin gastos en un alimentos??????????? si paga el alimentante todas las costas, la unica opcion que pague tu cliente es que no sean hijos del futuro alimentante los menores y pierda el juicio.
En cuanto a la defensoria, me parece que deberias enviar la Carta que exige el codigo de etica, porque hasta donde me acuerdo nada dice si es abogado particualar o defensor. Nunca esta de mas ese tema, tampoco te hace perder tiempo ya que desde el momento que la dejas en el colegio ya podes intervenir en el expt.

saludos.
 #506973  por lorepao
 
Primero Gracias Dr. Diego Villamor por tu respuesta! Muy clara! el tema del beneficio es anecdotario porque a mí también me llamo la antención, aclaro que lo comenzó defensoría y no lo termino, se dieron cuenta tarde que no era necesario? No sé! Ahora voy a hacer la carta para poder tomar el patrocinio!!! :P :P :P Nuevamente gracias! :wink: