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  • AMPARO X DEMORA DEL IPS??

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Consultas sobre pensiones, jubilaciones, aportes y todo lo relacionado al Derecho Previsional
 #507299  por Maria Luciana Gonzalez
 
LES CUENTO TENGO UN CASO DE JUBILACION X EDAD AVANZADA QUE INICIÉ EN AGOSTO 2009 EN IPS, AUN ESTA EL EXPTE EN LA 1ER OFICINA. LA TITULAR TIENE 74 AÑOS Y NO PUEDE TRABAJAR. PODRÍA INICIAR UN AMPARO PARA QUE DE INMEDIATO COMIENCEN A ABONARLE EL ANTICIPO X LO MENOS???

SE UTILIZAN LOS MISMOS PLAZOS QUE AMPARO ANTE ANSES DE LEY DE PROCEDIM ADM???.

DEBE TRAMITAR SI O SI EN LA PLATA????? LA JUBILACION LA INICIE EN DELEGACION IPS DE CAPITAL.

GRACIAS,
 #507549  por andrea1982
 
IPS es Provincia de Bs.As.?
Con Amparo te referís a "AMPARO" o Amparo por mora???
Tendrías que ver si está previsto en la legislación, por ejemplo, en la provincia de Santa Fe, no está el Amparo por mora, y se podría utilizar el amparo.
 #507711  por aramis
 
Estas dentro de los plazos establecidos para su tratamiento, primero trata de agotar la via administrativa con un pronto despacho; una vez que lo trabaje computos puede que se le otorgue el beneficio transitoriamente y el expediente seguir posteriormente su curso hasta la resolucion definitiva. El amparo por mora es un recurso que s epuede intentar simpre y cuando se den los extremos legales.