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Consultas sobre pensiones, jubilaciones, aportes y todo lo relacionado al Derecho Previsional
 #507638  por dr_davidquintana@hotmail.
 
bueno es mi primera pension y como no logro cumplir con ninguno de los requisitos para lograr la regularidad es que le arme el sicam para que tenga los 30 años, bueno les paso a comentar como lo hice para que me den su opinion.-

fecha de nacimiento del causante 11/02/1945
fecha de fallecimiento 09/11/1998

aportes en relacion de dependencia
01/01/1973 al 30/11/1980 total 7 años 11 meses
fecha de inscripcion de autonomos 05/1971

sicam 1
06/1971 al 12/1972
12/1980 al 09/1993 01/1984 12/1990 art 3
10/1993 al 06/2004 09/1994 06/2004 art 1 25321
07/2004 al 02/2007 07/2004 02/2007 art 1 25321

total 15 años 2 meses

situacion de revista ampliada
03/1963 al 01/1970

total 6 años 11 meses
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relacion de dependencia 7 años 11 meses + sicam 15 años 2 meses + situacion ampliada 6 años 11 meses= 30 años

mis preguntas son las siguientes:
1- esta bien que haya aplicada art 1 ley 25321?
2- art 3 le corresponden los 7 años de declaracion jurada?
3- esta bien que haya ampliado la situacion de revista a antes de la inscripcion de autonomos para llegar a los 30 años?

desde ya muchas gracias a todos los que me puedan dar una mano
 #508030  por ISIS
 
fecha de nacimiento del causante 11/02/1945
fecha de fallecimiento 09/11/1998

aportes en relacion de dependencia
01/01/1973 al 30/11/1980 total 7 años 11 meses
fecha de inscripcion de autonomos 05/1971

sicam 1
06/1971 al 12/1972
12/1980 al 09/1993 01/1984 12/1990 art 3
10/1993 al 06/2004 09/1994 06/2004 art 1 25321
07/2004 al 02/2007 07/2004 02/2007 art 1 25321

total 15 años 2 meses

situacion de revista ampliada
03/1963 al 01/1970

total 6 años 11 meses


relacion de dependencia 7 años 11 meses + sicam 15 años 2 meses + situacion ampliada 6 años 11 meses= 30 años

mis preguntas son las siguientes:
1- esta bien que haya aplicada art 1 ley 25321?
NO, esta mal, si se murio en el 98 no podes pedir aplicacion de la 25321 con posterioridad al fallecimiento... :? , tenes que ir a afip y acreditar el fallecimiento para que le modifiquen las inscripciones hasta el año 98
2- art 3 le corresponden los 7 años de declaracion jurada?
si lo modificas el cese hasta el 98, y desde el 1/95 hasta el fallecimiento no tiene aportes, y a los periodos adeudados les aplicas la 25321, estaria bien tomar 7 años de ddjj.
3- esta bien que haya ampliado la situacion de revista a antes de la inscripcion de autonomos para llegar a los 30 años?
SI
*suerte*