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Le ofrecemos este nuevo espacio exclusivo para temas relacionados con el Derecho Laboral
 #509228  por lvp
 
Estimados foristas, necesitaría si me orientan un poco con este caso: empleado de un supermercado viene a consultarme. Está de licencia psiquiátrica, pero fue tratada como una enfermedad inculpable. Lo vienen citando para revisacion medica en los términos de la LCT.
Mi duda es la siguiente: cómo hago para encuadrarlo como una enfermedad accidente? Tengo que hacer la denuncia a la ART? Puede encuadrarse como una enfermedad accidente producto del mobbing de sus empleadores
Desde ya agradeceré la ayuda que puedan darme.
Saludos.
Lorena.
 #509408  por Romina34
 
mirá mobbing y enfermedad profesional (alcanzada por la ART) entiendo que son cosas distintas.
Si queres plantearlo como mobbing, deberías poder probar que la enfermedad psiquiatra es consecuencia del maltrato sufrido. En ese caso, deberías notificar a la empresa el maltrato, indicando la persona que lo ocasionó, y solicitando que el empleador arbitre los medios para que se cese en la conducta.
Además deberías contar con el certificado del profesional que la atiende indicando que el padecimiento obedece estrictamente al maltrato sufrido, no todo problema psiquiatrico es por culpa de maltrato laboral.
Más o menos estas son las cuestiones a tener en cuenta para encuadrar un mobbing, hay doctrina y jurisprudencia que indica como proceder en un caso asi.
Ahora por el lado de enfermedad inculpable, deberías ver el listado que contempla tales enfermedades, entiendo que no incluye un problema como el que planteas. Se han dado en otros casos, por ejemplo un caso que ví que aceptaron como enfermedad profesional la que padeción una psicologa de la policia que realizaba tareas demasiado estresantes que le ocasionaron un cuadro de estres y depresión.
Espera otras opiniones.
Saludos,
 #509458  por PsicologiaForense
 
hola, bueno, el profesional que la atiende podrá dar un diagnóstico, pero fundamentar una relación de causalidad entre la enfermedad y el acoso requiere de una evaluación por medio de un psicodiagnóstico y que dentro de lo posible incluya el resultado de pruebas que indiquen que no hay simulación ni sobresimulación. *leo*
:D
 #509944  por lvp
 
Gracias por contestarme. El tema este caso es que esta persona se empezó a tratar y nunca denunció que fuera como consecuencia de un acoso de sus empleadores. Puedo hacerlo ahora, luego de casi dos meses?. El cuando vino al estudio ya se estaba tratando con el psicologo. Además, hay otros rubros como trabajo en negro y horas extras.
 #510526  por Romina34
 
Hace casi 2 meses que se esta tratando? pero esta vigente la relación? si, hacelo siguiendo los lineamientos que te mencioné y la evaluación que recomienda psicologiaforense.
Saludos,