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Consultas sobre pensiones, jubilaciones, aportes y todo lo relacionado al Derecho Previsional
 #509575  por pabarandiaran
 
HOLA , NECESITO AYUDA PARA RESOLVER ESTE TEMA.
TENGO UN CLIENTE QUE TIENE 30 AÑOS APORTADOS.-
AHORA BIEN , CUANDO ENTRO AL SICAM PARA VER SU SITUACION, SURGE QUE TIENE UN PLAN PRESENTADO EN EL 2004 EL CUAL FIGURA "CANCELADO" EN EL CUAL PAGA PERIODOS ADEUDADOS MEDIANTE MORATORIA 25865.-
AHORA BIEN CUANDO INGRESO AL "DETALLE DE DEUDA" DE ESE "PLAN CANCELADO", ME FIGURAN EN ALGUNOS PERIODOS , POR EJEMPLO 12/2001 A 12/2003, 06/1994,11/2008, IMPORTES COMO ADEUDADOS, YA QUE NO SALE COMO DEBE SALIR 00 , SINO QUE ME SALEN ALGUNOS SUMAS EN $.-
MI PREGUNTA ES: COMO HAGO? PUEDO PRESENTAR IGUAL LA JUBILACION AUNQUE ME FIGURE ESO PERIODOS CON DEUDA?
EN CASO DE NO SER ASI COMO SE HACE? PRESCRIBO? LA 24476 NO VA PARA ESTE CASO , SON PERIODOS POSTERIORES A 1993.-
MUCHAS GRACIAS.-
patribarandiaran
 #509724  por anamaria83
 
pabarandiaran escribió:HOLA , NECESITO AYUDA PARA RESOLVER ESTE TEMA.
TENGO UN CLIENTE QUE TIENE 30 AÑOS APORTADOS.-
AHORA BIEN , CUANDO ENTRO AL SICAM PARA VER SU SITUACION, SURGE QUE TIENE UN PLAN PRESENTADO EN EL 2004 EL CUAL FIGURA "CANCELADO" EN EL CUAL PAGA PERIODOS ADEUDADOS MEDIANTE MORATORIA 25865.-
AHORA BIEN CUANDO INGRESO AL "DETALLE DE DEUDA" DE ESE "PLAN CANCELADO", ME FIGURAN EN ALGUNOS PERIODOS , POR EJEMPLO 12/2001 A 12/2003, 06/1994,11/2008, IMPORTES COMO ADEUDADOS, YA QUE NO SALE COMO DEBE SALIR 00 , SINO QUE ME SALEN ALGUNOS SUMAS EN $.-
MI PREGUNTA ES: COMO HAGO? PUEDO PRESENTAR IGUAL LA JUBILACION AUNQUE ME FIGURE ESO PERIODOS CON DEUDA? Los periodos cancelados con 25865 figuran con deuda en "detalle de la deuda",es normal. El día del turno presentás las obligaciones regularizadas del 25865 para demostrar que esos periodos con deuda se cancelaron con dicho plan
EN CASO DE NO SER ASI COMO SE HACE? PRESCRIBO? LA 24476 NO VA PARA ESTE CASO , SON PERIODOS POSTERIORES A 1993.- Ahora bien, si tenés deuda en periodos no incluidos en 25865, renuncialos con art 1 25321
MUCHAS GRACIAS.-

saludos!
patribarandiaran
 #510648  por pabarandiaran
 
Gracias anamaria por tu respuesta.
Ahora bien si la deuda que me surge por la ley 25865 del 12/2001 al 12/2003 mi cliente no tiene los recibos de pago, que hago? les debo aplicar 25321 o puedo liquidar ese periodo por la 24241 para que no pierda esos años?.
 #511047  por anamaria83
 
Es probable q no tenga los recibos de pago, porque la mayoria de los planes 25865 se hacian por débito. No hay problema. El plan ya figura cancelado. Incluí esos periodos, no vas a tener porblemas! saludos
 #512075  por pabarandiaran
 
Mil gracias anamaria, haber si entiendo bien lo que me decis, a mi cliente le figuran del 12/2001 al 12/2003 deuda por plan 25865 , pero dicho PLAN aparece CANCELADO en el sicam.
Vos me decis que puedo presentar igual esa liquidaciòn sin renunciar o prescribir los periodos adeudados?
Me aceptan igual el tramite aunque figure deuda en algunos meses con solo decir PLAN CANCELADO? , nuevamente gracias.-
 #512322  por anamaria83
 
pabarandiaran escribió:Mil gracias anamaria, haber si entiendo bien lo que me decis, a mi cliente le figuran del 12/2001 al 12/2003 deuda por plan 25865 , pero dicho PLAN aparece CANCELADO en el sicam.
Vos me decis que puedo presentar igual esa liquidaciòn sin renunciar o prescribir los periodos adeudados? claro, siempre que esos periodos estén dentro de las obligaciones regularizadas del 25865
Me aceptan igual el tramite aunque figure deuda en algunos meses con solo decir PLAN CANCELADO? , nuevamente gracias. idem respuesta anterior-
saludos
 #523336  por lucky
 
Perdonen que retome el tema de la Ley 25.865, pero ¿A nadie le pidieron en ANSES, al momento de iniciar el trámite, una "certificación" de la AFIP sobre la cancelación del plan ley 25.865?. ¿O sólo alcanza con llevar las impresiones de la cancelación y de las obligaciones regularizadas como se dijo en los distintos posts?. Pregunto esto porque leí la Circular GPA Nº 14/09 que habla de que ANSES debe pedir esta "certificación" emitida por AFIP en el Formulario 1500 (que por otra parte ni existe en la página de AFIP). ¿Alguna vez le aplicaron a alguno de Uds. circular?.
 #524416  por anamaria83
 
lucky escribió:Perdonen que retome el tema de la Ley 25.865, pero ¿A nadie le pidieron en ANSES, al momento de iniciar el trámite, una "certificación" de la AFIP sobre la cancelación del plan ley 25.865?. ¿O sólo alcanza con llevar las impresiones de la cancelación y de las obligaciones regularizadas como se dijo en los distintos posts? solo alcanza con las impresiones, pero asegurate que el plan diga "PLAN CANCELADO". Pregunto esto porque leí la Circular GPA Nº 14/09 que habla de que ANSES debe pedir esta "certificación" emitida por AFIP en el Formulario 1500 (que por otra parte ni existe en la página de AFIP). ¿Alguna vez le aplicaron a alguno de Uds. circular?.
En una oportunidad me pasó q me pidieron una constancia de AFIP, pero era de un plan Mis Facilidades, que ya estaba pago pero aún figuraba VIGENTE, no CANCELADO

SALUDOS
 #524445  por lucky
 
Gracias anamaria, valoro tu opinión porque, por lo que he leído, se nota
que has tenido experiencia en este tema de moratorias previas.