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  • Ds. y Ps, ayuda con lesión

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 #511246  por ROCHIZZA
 
Hola los consulto, en el año 2008 inicie una demanda ds.ps. por accidente tránsito, reclame indemnización por daño físico sucede que a finaless del 2009 se le descubrió una lesión que no estaba incluida en la demanda porque al momento de inciarla no la habían descubierto, cuando se presenta al exámen con el perito médico de oficio, le dice que esa lesió no puede considerarla porque no se halla incluida en la demanda que la va a mencionar para que luego amplie demanda, como es posible, si obvio se halla trabada la lits y como hecho nuevo tampoco puedo denunciarla porque los estudios que le efectuaron data de finales de 2009, alguien puede aconsejarme si puedo hacer algo?
Gracias
 #511845  por corbella
 
No creo que puedas hacer mucho más que denunciar el hecho nuevo o la incapacidad sobreviniente a los 5 dias de conocido el informe. Lo de la ampliacion sería como una derivacion de esto que te digo.
 #511919  por PsicologiaForense
 
ROCHIZZA escribió:Hola los consulto, en el año 2008 inicie una demanda ds.ps. por accidente tránsito, reclame indemnización por daño físico sucede que a finaless del 2009 se le descubrió una lesión que no estaba incluida en la demanda porque al momento de inciarla no la habían descubierto, cuando se presenta al exámen con el perito médico de oficio, le dice que esa lesió no puede considerarla porque no se halla incluida en la demanda que la va a mencionar para que luego amplie demanda, como es posible, si obvio se halla trabada la lits y como hecho nuevo tampoco puedo denunciarla porque los estudios que le efectuaron data de finales de 2009, alguien puede aconsejarme si puedo hacer algo?
Gracias
Hola, y por qué el perito no puede considerar esa lesión? No se le pregunta en los puntos de pericia que informe y evalúe todas las lesiones que tenga la víctima? Se supone que el médico es él y si alguna cosa no fue advertida en el momento de hacer la demanda él tendría que informarlo.
No sé, pero cuando actúo como perito para evaluar el daño psíquico, si en la demanda dice que la víctima tiene un trastorno "X" y yo veo que además hay un diagnóstico secundario lo tengo que informar, no estoy limitado a contestar por sí o por no, lo que tengo que hacer es proporcionarle al juez un dictamen que refleje la realidad del examinado... *leo*

Pero bueno, espero que también hayas reclamado por daño psíquico...
 #512493  por ROCHIZZA
 
corbella escribió:No creo que puedas hacer mucho más que denunciar el hecho nuevo o la incapacidad sobreviniente a los 5 dias de conocido el informe. Lo de la ampliacion sería como una derivacion de esto que te digo.
Gracias, me aconsejas entonces que aguarde a que presente el informe en el expediente y denunciar hecho nuevo, es un escrito simple,no? despues tengo que correrle traslado al perito para que se expida respecto de hecho nuevo pra que fije incapacidad por esa lesión?