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Le ofrecemos este nuevo espacio exclusivo para temas relacionados con el Derecho Laboral
 #511439  por doctoramancuso
 
Les hago una pregunta, estimados colegas: ya le depositaron a mi clienta la indemnización por despido. Resta que retire el certificado de servicios y remuneraciones que pusieron a su disposición (cuatro meses de trabajo). Sino lo retira ¿en qué la afecta? ¿Puede averiguar en la Anses si están los aportes y listo o consideran que es ineludible el retiro? Esto mas que nada porque exigirán el retiro personal y, después del despido, y es lógico, mi clienta tiene ciertos reparos de presentarse en su antiguo lugar de trabajo.
Saludos a todos
Gisela
 #511740  por Pichiruchi
 
Certificacion de servicios estamos hablando del ps 6.2 de anses? A mi me parece que lo tendria que retirar, porque eso sirve en un futuro para acceder a un beneficio previsional. Si bien todo se encuentra informatizado nunca estamos exentos que esos aportes se pierdan en el ciberespacio.
Con el certificado de trabajo lo mismo, este sirve para acreditar que trabajo bajo las ordenes de X empleador durante determinado tiempo y cobrando X salarios.Y sirve para conseguir un trabajo despues.
Entiendo los reparos que puede tener un empleado que por ahi no se fue en muy buenos terminos con su ex empleador, pero (esto es una opinion obviamente) yo sugeriria que los retire. Por ahi (no se porque nunca lo hice) pero autorizando a alguien o algo asi podes coordinar que se los entreguen a otra persona.
Saludos y suerte!
 #511753  por CHAPU971
 
Hola, estoy totalmente de acuerdo con Pichiruchi (creo que se llama) en cuanto a que es necesario y conveniente que lo retire, si bien no es obligatorio.-
En cuanto al retiro, para no ir a la empresa te doy una solución muy simple, al menos si sos de Pcia. de Bs. As., te haces una carta poder para vos o que tu cliente te firme un escrito ratificando lo actuado en su nombre y representación para presentarlo al final, te val al Ministerio de Trabajo e inicias un reclamo para que te entregue vía Ministerio (lo tienen que depositar ahí y además ni los ves) la cretificación de haberes y servicios y de encontrarse, te los encontrás vos no tu clienta. Cuando está depositado, lo retiras bajo constancia y dejás el escrito ratificando lo actuado firmado por tu cliente.- Así de simple.-
Éxitos y abrazo.-