Que tal foristas: Les consulto a ver si uds. están mas al tanto que yo con lo siguiente: Se trata de una persona que ya inició el trámite del beneficio transitorio por invelidez, en una afjp, además ya la comisión medica dictaminó que cuenta con un 100% de invalidez, pero actualmente el beneficiario está gozando de la cobertura de obra social que su empleador le brindaba. Esta cobertura vencería a fines de agosto de este año. El accidente por el cual quedó inválido lo sifrió en junio del 2006, luego le conservaron el puesto de trabajo y además cuenta con aportes hasta el 03/2007. Según la obra social la prestación se la dan hasta fin de mes. Esto es así? Quería saber si uds, saben cual es el tiempo legal en el que tienen que seguir brindando la cobertura. La duda surje ya que para que se afilie a pami no debe contar con ninguna afiliación vigente a otra obra social, es decir que cuando se afilie a esta última ya no tiene que contar con la obra social anterior y el enfermo no debería quedarse sin cobertura, porque esta en pleno tratamiento y esto sería perjudicial para su salud aun mas de lo que ya tiene....
Si uds. me orientan les agradecería!!!!!
Mil gracias
Si uds. me orientan les agradecería!!!!!
Mil gracias
valeria m