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  • EJECUCION DE HONORARIOS CON EMBARGO DE SUELDO

  • Lugar de consulta entre los colegas sobre lo que estipulan las Leyes Arancelarias que rigen nuestra profesión.
Lugar de consulta entre los colegas sobre lo que estipulan las Leyes Arancelarias que rigen nuestra profesión.
 #512629  por mayragiselav
 
Colegas: tengo el siguiente problema: cuando me regularon los honorarios en el expediente erróneamente no se formo el incidente, entonces, cuando quise ejecutar lo que estaba embargado, me hicieron formar el incidente.
Ahora bien, me piden una CEDULA de citacion de venta. El problema es que siempre cite de venta por mandamiento... Les transcribo el proveido para que me ayuden:
"San Isidro, de octubre de 2009.-

Tiénese al peticionante por presentado, parte y por constituído su domicilio procesal en el indicado.

Con el escrito que se provee, procédase a formar el correspondiente incidente de ejecución de honorarios. Désele entrada en el libro de la secretaría, y comuníquese a la Receptoría General de Expedientes.

En atención al embargo ordenado a fs. 103 de los autos principales y trabado conforme constancias de fs. 114123/5, 127/8, 137/40 y 147 cítase al ejecutado para la venta de los bienes embargados, bajo apercibimiento de mandar llevar adelante la ejecución si dentro del término de cinco días no opone y prueba las excepciones a las que se considere con derecho (arts. 498, 502, 503, 504 y 506 del C.P.C.C.). NOTIFIQUESE, a cuyo fin líbrese cédula.-

Mi pregunta es:
Tengo que aparte de enviar una cédula hacer un mandamiento de citacion de venta o con la cédula es suficiente??
Muchas Gracias
Gise