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  • PENSION. IMPRESIÓN EN DENEGATORIA

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Consultas sobre pensiones, jubilaciones, aportes y todo lo relacionado al Derecho Previsional
 #512970  por celiaEsc
 
Queridos foristas, Por favor, es un caso complicado, una colega me pregunta por la imprecisión en una denegatoria de pensión directa. Yo LE CONTESTE lo que pienso, pero quiero consultarlo con los que saben más que yo...
La causante falleció en 2009, sin aportar en sijp, y SIN inscipción en AFIP, ella le compra los 30 años y lo presenta bajo insistencia, en la denegatoria, ANSES, fundamenta el rechazo solamente en la falta de inscripción en AFIP , """no mencionan que no tiene ningún aporte en SIJP. ni que el viudo tiene una jubilación mínima"""".

1) Si le dan una denegatoria imprecisa como ésa, donde se omite como fundamento para denegar, que cobra una jubilación, En el recurso, ¿debe poner algo acerca del derecho que tiene el viudo que cobra la mínima de acceder a una pensión en cuotas?. Ya lo puso también en la presentación bajo insistencia.

2) ¿pueden, en ese caso, con posterioridad al recurso denegar por 884/06, aunque CARSS apruebe el sicam sin inscripción?

3) ¿ CARSS, se va a expedir solamente por la falta de inscripción en AFIP ?

3) En la presentación bajo insistencia ella consignó que el sr. tenía derecho "a solicitar la pensión porque su esposa falleció bajo la vigencia de la 24241", y en el recurso lo repite. Con eso se subsanaría la falta de aportes en sijp.

4) En la denegatoria colocan una frase, que dice que se deniega: ""por no tener inscripción en AFIP, no tiene derecho a realizar el sicam""

5) Y con posterioridad otra frase IMPRECISA que dice: ""Desestimando la solicitud presentada por falta de presentación de la documentación o por no subsanar los defectos en su declaración jurada de servicios u otros datos que integran la solicitud de beneficio y / o pedido de determinación de deuda de SICAM, situación ésta que impide definir el derecho y /o el haber del beneficio impetrado""". (ella no utilizó ningún beneficio)

muchas gracias desde ya. Saludos
 #513645  por celiaEsc
 
Queridos foristas, veo que nadie me ha contestado acerca de la IMPRECISION EN LA REDACCIÓN DEUNA RESOLUCION DENEGATORIA.
Yo le contesté a mi colega que :
Aunque la denegatoria sea imprecisa, ella tiene la obligación de responder por hacer un pedido contrario a la 884/ 06, por la no inscripción en afip, y por no tener aportes en SIJP. Alegando en ese recurso, todo aquello que pueda servir a su favor. Porque aunque sea imprecisa la resolución denegatoria, la normativa vigente NO lo es, y la obliga a contestar.. Saludos .. igual los quiero ¡¡