ESTIMADOS AMIGOS: QUERÍA SABER SI ALGUNO DE USTEDES QUE ACTÚE EN LA JUSTICIA FEDERAL TIENE ALGO (MODELOS POR EJEMPLO, POR QUE ES LA PRIMERA VEZ QUE VOY A ACTUAR ANTE LA JUSTICIA FEDERAL) DE TERCERÍAS DE MEJOR DERECHO. TENGO UN CLIENTE QUE POR NO HACER A TIEMPO LA TRANSFERENCIA DE UN AUTOMOVIL (TENIENDO FIRMADO EL 08 EN REGLA) AHORA SE DIO CON QUE LA AFIP TRABÓ UNA INHIBICIÓN GENERAL DE BIENES A LA EMPRESA QUE ERA PROPIETARIA DEL AUTOMOVIL.-
CABE SEÑALAR QUE LA FECHA DE FIRMA DEL 08 ES MUY ANTERIOR A LA DEL EMBARGO TRABADO, POR LO QUE ES CLARO QUE EL CRÉDITO DE LA AFIP EN CONTRA DE LA EMPRESA NO PUEDE HACERSE EFECTIVO SOBRE ESTE BIEN.-
SALUDOS Y GRACIAS POR ADELANTADO.-
CABE SEÑALAR QUE LA FECHA DE FIRMA DEL 08 ES MUY ANTERIOR A LA DEL EMBARGO TRABADO, POR LO QUE ES CLARO QUE EL CRÉDITO DE LA AFIP EN CONTRA DE LA EMPRESA NO PUEDE HACERSE EFECTIVO SOBRE ESTE BIEN.-
SALUDOS Y GRACIAS POR ADELANTADO.-
DEMOCRACIA - PAZ - INTEGRACIÓN
EN UNIÓN Y LIBERTAD
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