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 #516084  por Summers
 
Antes que nada, cometi un error, que espero no sea grave :( , tenia que sortear en amparo contra una obra socialen civil y comercial federal, de atropellada y por apurarme lo sortee en camara civil, el juez obviamente ya lo paso al fiscal para que se expida sobre la competencia.

Estoy aterrada y quisiera saber si se puede subsanar este error de alguna manera y no perjudica para futuro la procedencia del amparo.Gracias :(
 #516235  por abogado_1987
 
Summers, las variables son multiples, entre ellas ...

ARTICULO 4°: Declaración de incompetencia. Toda demanda deberá interponerse ante el juez competente, y siempre que de la exposición de los hechos resultare no ser de la competencia del juez ante quien se deduce, deberá dicho juez inhibirse de oficio.
Consentida o ejecutoriada la respectiva resolución, se procederá en la forma que dispone el artículo 8°, primer párrafo.

ARTICULO 7°: Procedencia. Las cuestiones de competencia sólo podrán promoverse por vía de declinatoria con excepción de las que se susciten entre jueces de distintos departamentos judiciales, en las que también procederá la inhibitoria.
En uno y otro caso, la cuestión sólo podrá promoverse antes de haberse consentido la competencia de que se reclama.
Elegida una vía, no podrá en lo sucesivo usarse de otra.

ARTICULO 8°: Declinatoria e inhibitoria. La declinatoria se substanciará como las demás excepciones previas y, declarada procedente, se remitirá la causa al juez tenido por competente.
La inhibitoria podrá plantearse hasta el momento de oponer excepciones o de contestar la demanda si aquel trámite no se hallare establecido como previo en el proceso de que se trata.
CPCCBA

que la demandada oponga excepción de incompetencia >

Lomas de Zamora, ……. de …………….. de 200….- VISTO Y CONSIDERANDO: Que a fs. ……… se presenta la demandada …………….. articulando la excepción de incompetencia, y manifestando que atento ser un agente del seguro de salud está sometido exclusivamente a la Jurisdicción federal de conformidad con lo dispuesto por la Ley de Obras Sociales (arts 1 y 2 de la ley 23.660). A fs. …….. en forma espontánea la actora contesta dicha excepción, allanándose a la misma y solicitando la eximición de costas. Sustanciado el pedido, éste no fue contestado por la demandada. Sentado ello, corresponde tener presente el allanamiento formulado, haciéndo lugar a la excepción de incompetencia articulada por la demandada, con costas en el orden causado atento el allanamiento formulado (art. 345 inc. 1º , 70 del C.P.C.).
Por ello y lo normado por el art. 161 del C.P.C., RESUELVO: PRIMERO: Hacer lugar a la excepción de incompetencia planteada por la demandada …………………… a fs. ……….. SEGUNDO: Declararme incompetente para seguir interviniendo en las presentes actuaciones. Con costas en el orden causado (doct. arts. 68 y 69 del C.P.C.). TERCERO: Regular los honorarios de los letrados intervenientes Dres. …………………en las sumas de pesos …………………. y …………………. respectivamente, que se depositarán con más los aportes de ley ( art. 21 de la ley 67l6). REGISTRESE.NOTIFIQUESE.Y oportunamente archívese.-
 #516568  por Summers
 
Es decir, pasado en limpio, la demandada es quien debe oponer la excepcion de incompetencia, si lo hace yo me allano sin consecuencia alguna...

Si el fiscal analiza la competencia y se expide mencionando que el juez es incompetente (como probablemente suceda) el puede ordenar que se remitan las actuaciones al la camara civ. y com. federal?

Abogado 1987, muchas gracias por tu respuesta, me abrio bastante el panorama, es la primera vez que sorteo un amparo contra una obra social y estoy algo desorientada...
 #516574  por abogado_1987
 
Summers escribió:Es decir, pasado en limpio, la demandada es quien debe oponer la excepcion de incompetencia, si lo hace yo me allano sin consecuencia alguna...

Si el fiscal analiza la competencia y se expide mencionando que el juez es incompetente (como probablemente suceda) el puede ordenar que se remitan las actuaciones al la camara civ. y com. federal?

Si, es una posibilidad la remisión para su posterior sorteo ...

Abogado 1987, muchas gracias por tu respuesta, me abrio bastante el panorama, es la primera vez que sorteo un amparo contra una obra social y estoy algo desorientada...
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 #520500  por Summers
 
Mil gracias abogado 1987 por tu ayuda, ultimamente me vengo mandando varias macanas, espero que en un tiempo pase ese estado de angustia que siempre me da cuando trato de hacer las cosas bien y siempre se me escapa algun detalle, supongo que a todos les ha pasado en sus comienzos, lo importante es aprender del error y que se pueda subsanar. Gracias! *suerte*
 #520531  por abogado1987
 
Summers escribió:Mil gracias abogado 1987 por tu ayuda, ultimamente me vengo mandando varias macanas, espero que en un tiempo pase ese estado de angustia que siempre me da cuando trato de hacer las cosas bien y siempre se me escapa algun detalle, supongo que a todos les ha pasado en sus comienzos, lo importante es aprender del error y que se pueda subsanar. Gracias! *suerte*
Summers
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 #522716  por Summers
 
Finalmente se declaro incompetente el juez: "

II.- En atención a lo solicitado,
constancias de autos y dictamen precedente del
Ministerio Fiscal, cuyos argumentos comparto y a los
cuales me remito "brevitatis causae", RESUELVO:
declararme incompetente para entender en las presentes
actuaciones. En consecuencia, firme la presente,
remítanse las mismas a la Cámara Federal Civil y
Comercial, a los fines de sorteo y posterior
tramitación en el Juzgado que resulte designado.
Notifíquese y al Sr. Fiscal en su despacho.-
III.- Firme que se encuentre el presente,
cúmplase con la remisión ordenada precedentemente.

Mis dudas son, me tengo que notificar para ir acortando tiempos o no hace falta. Es necesario que presente algun escrito? En cuantos dias queda firme? Gracias!
 #522780  por abogado1987
 
Summers escribió:Finalmente se declaro incompetente el juez: "

II.- En atención a lo solicitado,
constancias de autos y dictamen precedente del
Ministerio Fiscal, cuyos argumentos comparto y a los
cuales me remito "brevitatis causae", RESUELVO:
declararme incompetente para entender en las presentes
actuaciones. En consecuencia, firme la presente,
remítanse las mismas a la Cámara Federal Civil y
Comercial, a los fines de sorteo y posterior
tramitación en el Juzgado que resulte designado.
Notifíquese y al Sr. Fiscal en su despacho.-
III.- Firme que se encuentre el presente,
cúmplase con la remisión ordenada precedentemente.

Mis dudas son, me tengo que notificar para ir acortando tiempos o no hace falta. Es necesario que presente algun escrito? En cuantos dias queda firme? Gracias!
Summers, me notificaría y consentiría el auto con un escrito ...
 #523014  por Summers
 
Barbaro, asi lo hare entonces, dejo nota y presento el escrito en pocas lineas algo como "que vengo a consentir el proveido dictado en fecha-.........a fs........, por lo que se remitan las actuaciones a la Camara federal Civil y Comercial" y listo. Ellos mismos lo remiten?

Gracias abogado1987, me sirve un monton saber estas cuestiones :)
 #523090  por abogado1987
 
Summers escribió: ... RESUELVO: ... firme la presente,
remítanse las mismas a la Cámara Federal Civil y
Comercial, a los fines de sorteo y posterior
tramitación en el Juzgado que resulte designado
.
Summers escribió:Barbaro, asi lo hare entonces, dejo nota y presento el escrito en pocas lineas algo como "que vengo a consentir el proveido dictado en fecha-.........a fs........, por lo que se remitan las actuaciones a la Camara federal Civil y Comercial" y listo. Ellos mismos lo remiten?

Summers, así esta ordenado ...

Gracias abogado1987, me sirve un monton saber estas cuestiones :)
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 #525117  por abogado1987
 
Summers escribió:Gracias, y al fiscal lo notifico yo haciendo la cedula?
Summers, le remiten el expte

podés solicitar en mesa de entradas la remisión del mismo

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 #525139  por Summers
 
Ahora si !mil gracias, dejare nota y el escrito solicitando la remision al fiscal . Gracias por tu tiempo y perdon por las molestias! :oops:
 #525432  por abogado1987
 
Summers escribió:Ahora si !mil gracias, dejare nota y el escrito solicitando la remision al fiscal . Gracias por tu tiempo y perdon por las molestias! :oops:
también, la remisión al fiscal lo podés solicitar verbalmente en mesa de entrada
indicando el auto que lo ordena

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 #1158438  por eugemaia
 
chicos no saben lo que me ayudaron con esta respuesta!!! me paso similar aca en pcia, y el JCYC se declaro incompetenter por tener la mutual asiento en capital, aunque fuera obra social tercerizada! y tenia la misma de si contestaba la cedula o si solo esperba que la giren a receptoria de los federales y ya!. Mi duda ahora es....si me matriculo aca en la plata en los federales, esa matricula me sirve para inetervenir en esta causa??? muchas graciass