Buenas a todos quisiera hacerles una pregunta, estoy por incursionar en el tema de reajuste hice 2 cursos y llevo leido bastante sobre el tema aunq siguen surgiendome dudas. Creo tener en claro todo lo q hace al reclamo y fundamentos de la demanda pero siempre en todo el material que leo y consulto se trata de jubilados del regimen de reparto, hasta ahora no he visto nada sobre jubilados del desaparecido sistema de capitalizacion.
A lo que voy con esto es si hay q plantear en la demanda algo diferente en los casos en que la persona se jubilo por capitalizacion, ya q entonces no tiene P.A.P sino J.O (jub. Ordinaria). En esos casos se pide solamente el recalculo de la PC aplicando los indices de actulizacion al mopre y a las remuneraciones?, ya q teniendo en cuenta q la P.B.U es un monto fijo esta no se actualizaría, y en el caso de un jubilado de consolidar por ej, no hay P.A.P para calcular. Es así? Por favor agradezco sus opiniones y desde ya q me corrijan si me equivoco. Gracias.
Pablo.
A lo que voy con esto es si hay q plantear en la demanda algo diferente en los casos en que la persona se jubilo por capitalizacion, ya q entonces no tiene P.A.P sino J.O (jub. Ordinaria). En esos casos se pide solamente el recalculo de la PC aplicando los indices de actulizacion al mopre y a las remuneraciones?, ya q teniendo en cuenta q la P.B.U es un monto fijo esta no se actualizaría, y en el caso de un jubilado de consolidar por ej, no hay P.A.P para calcular. Es así? Por favor agradezco sus opiniones y desde ya q me corrijan si me equivoco. Gracias.
Pablo.
