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  • Despido sin causa, pago de indemnización

  • Le ofrecemos este nuevo espacio exclusivo para temas relacionados con el Derecho Laboral
Le ofrecemos este nuevo espacio exclusivo para temas relacionados con el Derecho Laboral
 #516792  por angeladecamillis1981
 
Estimados, mi consulta es por un tema de pago de indemnización a una persona que trabajo cinco años como servicio domestico, a la cual se la despide porque debido a la gran edad de los empleadores, se necesita una persona que los cuide cama adentro. Por lo tanto, y para evitar reclamos posteriores quisiera saber que es lo que les parece más conveniente para el pago de la indemnización. El tema es en Pcia, más especificamente en la ciudad de Junin, por lo cual desconozco un poco el procedimiento allá.
Saludos y agradecida por sus aportes de siempre!
Angela
 #522271  por abogadolp
 
Estimada Angela:
Yo soy del depto judicial Junin, lo que necesites me decís...
Saludos.

Guillermo.-
angeladecamillis1981 escribió:Estimados, mi consulta es por un tema de pago de indemnización a una persona que trabajo cinco años como servicio domestico, a la cual se la despide porque debido a la gran edad de los empleadores, se necesita una persona que los cuide cama adentro. Por lo tanto, y para evitar reclamos posteriores quisiera saber que es lo que les parece más conveniente para el pago de la indemnización. El tema es en Pcia, más especificamente en la ciudad de Junin, por lo cual desconozco un poco el procedimiento allá.
Saludos y agradecida por sus aportes de siempre!
Angela
 #585363  por lucianobarbero
 
hola, humildemente quiero aportar que el Art. 2 de la ley 20.744, seria la ley de contrato de trabajo dice que excluye a los empleados domesticos, es decir que no le corresponderia indemnizacion a mi entender. en mi opinion te recomiendo que lo encares por el lado civil, locacion de servicios o mires los decretos que hay sobre servicio domestico. espero que te sirva
 #585396  por Gyzella
 
Fijate el Estatuto del Servicio Domestico y el Dec Reglamentario. Si bien no se aplica la LCT pese a ello si le corresponde una indemnizacion por despido, el tema es que es mas reducida que la contemplada en la LCT.
Te aconsejo encares por la Justicia Laboral, porque el juez es mas protector con los derechos del trabajador que un Juez Civil.-
Saludos cordiales.-