Hola gente, tengo una duda que no puedo evacuar aun leyendo la ley, ¿puedo embargar el 50% de un bien ganancial, cuyo titular del domino es uno de los conyuges, por las deudas del otro?. Voy a ejecutar a la espesa pero no trabaja ni tiene bienes a su nombre, lo unico que hay es un automovil a nombre del marido. Entiendo que el caso no encuendra en el inc. 6 de la ley 11.357, ¿pero de ninguna manera puedo atacar el 50% de valor de los bienes gananciales?.
Espero su respuesta, muchas gracias!!
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