Por favor, quien pueda darme una mano con esto. Por un lado la ley es clara en cuanto a que el empleado debe gozar de su licencia anual. Ahora, me sugirieron que es posible pagar las vacaciones no gozadas, claro a pedido del empleado y con consentimiento de la empresa. Este es así??? MUCHAS GRACIAS!!!
NO, eso esta expresamente prohibido.
Solo es posible en caso de distracto, respecto de las vacaciones del año en curso y las anteriores si estaban en periodo de posible goce.