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 #42353  por gustavo2007
 
Hola a todos . alguien podria informarme respecto a que certificados hay que presentar en una sucesion pcia de bs as. hay solo un automotor.
-Certificado de dominio?- valuacion fiscal? estos dos se piden en el registro automor ?
certificado de inhibicion de bienes? donde se pide?
muchas gracias

 #42361  por JAVIERMORA
 
El Informe de Dominio lo pedis en el Registro Automotor en el que este inscripto el Automovil, de este informe surge si tiene embargos o inhibiciones, por los otros certificados presgunta en el mismo Registro que te van a informar.
Saludos.

 #42871  por Carop
 
Hola... Acompañá certificado de dom del automóvil, más el pago de tasa (2.2% de valuación fiscal) y sobretasa (10% de tasa).. En mi depto judicial se permite acompañar algún impuesto de rentas de donde surge la valuación.. Pero sinceramente desconozco si todos los departamentos aceptan eso.. Después pedís regulación y abonas aportes y antipo de ingresos brutos (según los honorarios) y allí estás en condiciones de inscribir el bien a nombre de los herederos o por tracto. Suerte! Carop
 #42954  por doctoramanero
 
Encantada: sólo agrego que podés pedir la valuación fiscal en rentas; quedo a tus órdenes; suerte.-

 #43022  por Natalia Huerta
 
Buenas:

Ademas de lo que te apuntaron los foristas en el mismo formulario 02 (podes pedir que te informen la valuacion fiscal del automotor.

saludos
 #43027  por doctoramanero
 
Hola: el formulario 02 es para saber en que situación se encuentra el rodado, no te da el informe del valor del mismo; igual les paso los requisitos del formulario; quedo a sus órdenes; suerte.-


Formulario 02 (Solicitud Tipo 02): Mediante este formulario se gestiona el Certificado de dominio. Es un documento en el que figuran los datos del titular y del vehículo y las posibles inhibiciones judiciales que pudieran pesar sobre él, como prendas o embargos.


Informe de dominio del automotor

En qué consiste
Qué documentación se debe presentar. Requisitos
Cómo se hace
Cuánto vale
Quién puede/debe efectuarlo
Cuándo es necesario realizarlo
Cuántas veces debería asistir al organismo para hacerlo
De qué organismo depende
Tiempo desde la solicitud hasta la entrega
Observaciones
Delegaciones en las cuales realizar el trámite


En qué consiste
Pedir el informe de dominio respecto de la situación jurídica de un automotor y su titular.


Qué documentación se debe presentar. Requisitos
1.- Según el Registro donde se realice el trámite:
- En el Registro de la Radicación: Formulario “02”.
- En cualquier Registro Seccional (distinto al de la radicación): Formularios “02”
y "57".
- En la Dirección Nacional: Formulario “58”.

2.- Documento que acredite identidad:
- Argentinos: DNI, LC o LE.
- Extranjeros:
a) Sin residencia: pasaporte.
b) Con residencia permanente: DNI.
c) De países limítrofes: DNI, CI, CI del país de origen o pasaporte.

IMPORTANTE: LA CONSTANCIA DE DOCUMENTO EN TRAMITE NO ACREDITA IDENTIDAD.


Cómo se hace
1.- Solicitar el Informe de Dominio, presentando los Formularios debidamente completos.
2.- Retirar el Informe de Dominio. Se devuelve el triplicado del Formulario “02”, junto con el Informe detallado.


Cuánto vale
Los trámites se realizan previo pago de los aranceles que a ese efecto fija el Ministerio de Justicia y Derechos Humanos. Se paga por la petición y no por el resultado favorable de ésta.
Los aranceles tienen una validez de 90 días hábiles administrativos. Una vez vencido este plazo, deberá abonar nuevamente el arancel.

- Informe de Dominio: $7.-

Formularios que se deben presentar:
- Formulario “58”: $28,80.-
- Formulario “57”: $16,80 más la certificación de firma $22.
- Formulario “02”: $10 más la certificación de firma $22.

IMPORTANTE: los formularios se entregan gratuitamente siempre que en el mismo acto se certifiquen las firmas en el Registro y se presente la documentación. Ver Item “Observaciones”.

Los aranceles son cobrados en los Registros Seccionales o en la Dirección Nacional. La única forma de pago es en EFECTIVO.


Quién puede/debe efectuarlo
El informe puede ser solicitado por cualquier persona mayor de 18 años con documento que acredite identidad.


Cuándo es necesario realizarlo
Cuando lo desee el interesado para conocer la situación jurídica del rodado o del titular.


Cuántas veces debería asistir al organismo para hacerlo
Debería asistir DOS veces:
1.- Solicitar el informe de dominio.
2.- Retirar el informe de dominio.


De qué organismo depende
Del Registro Seccional que lo recibió que a su vez depende de la Dirección Nacional de los Registros Nacionales de la Propiedad del Automotor (DNRPA) y de Créditos Prendarios de la República Argentina. Ministerio de Justicia y Derechos Humanos.


Tiempo desde la solicitud hasta la entrega
El informe de dominio se entrega a los dos días hábiles de presentada la Solicitud.


Observaciones
DATOS SOBRE LOS FORMULARIOS
Los Formularios serán provistos gratuitamente por el Registro Seccional, siempre que:
a) El trámite sea presentado ante el Registro de la radicación, o el de la futura radicación si se peticiona también el trámite de Cambio de Radicación.
b) Que el peticionario suscriba el Formulario ante el encargado de Registro, quien le certificará su firma. Cuando se tratare de la inscripción de contratos o de peticiones para los que se requiere del concurso de dos partes contratantes, éstas deberán suscribir en el mismo acto el Formulario en presencia del encargado, quien procederá a su certificación.
Los Formularios deberán presentarse totalmente completos.
Los Formularios tienen una validez de 90 días hábiles administrativos a partir de la fecha de la primera certificación de firmas, salvo los que instrumentan el otorgamiento de derechos ("08", "15", "03", "01", "20" y "24") que no tienen vencimiento pero transcurridos 90 días hábiles administrativos se abonará un arancel progresivo por mora.

CERTIFICACIÓN DE FIRMAS EN LOS FORMULARIOS
Las firmas del peticionario (y cuando correspondiere su cónyuge) en los Formularios deberán estar certificadas por:
a) Encargado del Registro de la radicación del automotor o donde se presentará el trámite o;
b) Escribano Público o;
c) Otros certificantes. Consultar en la Oficina de Asesoramiento de la DNRPA.

No se requerirá certificación:
a) En los Formularios referidos a contratos de prenda con registro y sus trámites posteriores, cuando el acreedor sea el Estado, sus reparticiones autárquicas y los bancos y demás entidades financieras autorizadas por el Banco Central de la República Argentina, las instituciones financieras de carácter internacional de las que la República Argentina sea miembro y las sociedades cooperativas.
b) Las firmas estampadas por los jueces, secretarios, personas autorizadas a diligenciar el trámite o letrados, en los Formularios que deban acompañarse con carácter de minuta, ni las que con el mismo carácter suscriban los Escribanos autorizantes de las transferencias celebradas por escritura pública o las suscriptas por éstos en los supuestos previstos para las transferencias realizadas con Formularios “08” especial.
c) Las firmas estampadas en el Formulario "99" y en los Formularios "57" y "58".


Delegaciones en las cuales realizar el trámite

Dirección Nacional
Registros Seccionales de la DNRPA en todo el país

 #46013  por Natalia Huerta
 
Buenas:

El formulario 02 tambien da la opcion de que te informen la valuacion de automotor. Insisto.

Saludos

 #46140  por TORDO
 
[coincido con natalia huerta.-
habria que ver si el automovil es nuevo o muy viejo, digamos mas de 10 años, por que si no en el es probable que no te surja valuación, yo un caso similar informe al juzgado que ocurria ello, y acompañe un clasificado del diario con el valor de venta de ese vehículo en tre avisos y pedi pagar la tasa sobre el promedio, lo que me hicieron lugar.-

suerte
 #46388  por doctoramanero
 
Hola: ante la insistencia de que en el formulario 02 se brinda la valuación fiscal, es obviamente porque lo han comprobado, entonces por mi parte agradezco la duda ya que jamás lo hice por este medio y por supuesto lo voy a tener en cuenta; suerte.-

 #46444  por JOSEFINAIB
 
EN EL JUZGADO DONDE YO LABURÉ SE ACEPTABAN CLASIFICADOS Y VALUACIÓN FISCAL. LLEVÁ LA HOJA ENTERA DEL DIARIO PARA QUE SE VEA LA FECHA DE PUBLICACIÓN.
SUERTE
 #46856  por doctoramanero
 
Hola: aclarame lo de los clasificados que no entiendo a que te referis; gracis; suerte.-