Hola a todos: espero me puedan orientar ya que es mi primer caso profesional y penal!!!
Somos querellantes en una causa por estafa,la querella y la fiscalia ya hemos presentado la elevacion a juicio de la causa,el juzgado me notifico por cedula de la clausura de la instruccion y su respectivo sorteo de la causa.
Ahora mi consulta, segun la ley de honorarios 21.839 en su art.45 establece que los procesos penales se dividen en tres:
1- hasta el dicatdo de los autos de sobreseimiento o de prision preventiva;
2-hasta el traslado de la defensa
3-hasta la sentencia definitiva.-
Bien, no tendria el juez que haberme regulado honorarios o como funciona esto en la practica?
A todos muchas gracias por su ayuda!!!!!
Somos querellantes en una causa por estafa,la querella y la fiscalia ya hemos presentado la elevacion a juicio de la causa,el juzgado me notifico por cedula de la clausura de la instruccion y su respectivo sorteo de la causa.
Ahora mi consulta, segun la ley de honorarios 21.839 en su art.45 establece que los procesos penales se dividen en tres:
1- hasta el dicatdo de los autos de sobreseimiento o de prision preventiva;
2-hasta el traslado de la defensa
3-hasta la sentencia definitiva.-
Bien, no tendria el juez que haberme regulado honorarios o como funciona esto en la practica?
A todos muchas gracias por su ayuda!!!!!