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Consultas sobre pensiones, jubilaciones, aportes y todo lo relacionado al Derecho Previsional
 #522828  por Natiprin
 
Hola foristas, les hago una consulta a ver si me pueden ayudar...

Me consulta una sra pensionada por fallecimiento, pension italiana, es decir, la cobra a traves del consulado italiano.

Me pregunta si puede jubilarse por ley 24776, tiene 78 años, sin tener que pagar todo de contado, sera posible ello? pregunto por lo que la pension no la paga el gobierno nacional, tendra algo que ver? o lo mismo debe pagar la deu
 #522888  por Natiprin
 
o lo mismo debe pagar la deuda de contado?
 #522895  por noelin
 
yo inmtentaria hacerla en cuotas, ya q la 884 dice , nacionales, pciales o municpales, desp. lo peleas, nadie esta obligado a hacer lo q no manda la ley art.19 cn
 #522898  por Natiprin
 
GRACIAS NOELIN!!
 #524251  por Natiprin
 
Alguien sabra algo mas del tema?

GRACIAS
 #524535  por AGDA
 
Coincido con Noelin. Por otro lado, ¿cómo va a detectar a ANSeS que percibe una pensión de Italia? ANSeS, hasta donde tengo entendido carece de esa información. El fondo de la cuestión es que percibe un beneficio no alcanzado por la 884. De todas formas, ni menciones que cobra lo de Italia. Yo inciaría tranquila.

Saludos.
 #524799  por Natiprin
 
MUCHISIMAS GRACIAS A TODOS!!!!!!!!!!!