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Consultas sobre pensiones, jubilaciones, aportes y todo lo relacionado al Derecho Previsional
 #42702  por Mario Luis Diciano
 
Estimados Amigos y Colegas:

Tengo una inquietud y deseaba compartirla con Uds. y a su vez ver si podrían brindarme una ayuda sobre el tema.
Resulta que tengo una persona que en el año 70 obtuvo una pensión por fallecimiento de su legítimo esposo, pero ella en el 77 empezó a convivir con otro hombre que luego en el año 90 también fallece. Ella inicia los trámites de pensión y declara que estaba en concubinato desde el año 77 y la Caja de Industria y Comercio de esa época resuelve otorgarle esta última pensión solicitada (x concubina) y extinguirle la anterior (casada legalmente). La Caja la funda en el art.2 inc. b) de la Ley 17.562 modificada por la Ley 23.570. No solo eso sino que a esta persona la intimaron a devolver los haberes desde el año 77 al 90 (período de concubinato) y se lo están haciendo todos los meses descontandole de su pensión otorgada en ese momento.
La pregunta es si actualmente esa Ley sigue vigente y si es factible que ella inicie nuevamente una pensión por su primer y legítimo esposo ?? o cual sería la solución para esta injusticia ?? Y por los años que le están descontando se puede hacer algo ?? Como la deuda era tanta al 90, esta señora estaría casi de por vida devolviéndole al ANSES por ese perídodo "supuestamente" cobrado indebidamente.
Muchas gracias como siempre a todos los amigos y colegas del sitio.
Cordialmente.