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  • PLAZO PARA APELAR DUDA

  • Lugar de consulta entre los colegas sobre lo que estipulan las Leyes Arancelarias que rigen nuestra profesión.
Lugar de consulta entre los colegas sobre lo que estipulan las Leyes Arancelarias que rigen nuestra profesión.
 #523003  por MS2009
 
Hola colegas, la consulta es la siguiente:

Estoy dejando cédulas en un expediente para notificar regulación de honorarios. Ello conlleva a que comience a correrme el plazo para apelar. Si es asi desde cuando se cuenta?. Espero haber sido claro. Muchas Gracias.-
 #523361  por Shark
 
La verdad que no sos muy clara.

1° apela los honorarios por bajos/ altos o por ambos.
Desde que te llega la cedula con la regulacion de honorarios, son 5 dias. Empezando a correr el plazo desde el dia posterior al de la notificacion(ced. te llega el 17/03 - arranca el plazo el 18/03)
Despues de eso, notifica a las partes.

O notificate espontaneamente y apela.-

Espero q te haya quedado claro.
Si no me avisas, saludos
***Dr. SharK***
 #525203  por MS2009
 
Las cédulas las dejé yo notificando a la otra parte. A mi no me llegó ninguna notificación. Tampoco me notifiqué espontaneamente. Así las cosas, me está corriendo el plazo a mi para apelar?
 #528135  por Shark
 
Si dejaste las cedulas con la resolucion, te notificas obviamente del auto, por lo que el plazo empezo a correrte, apela!!!
dps fundaras en Camara. *leo*