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Consultas sobre pensiones, jubilaciones, aportes y todo lo relacionado al Derecho Previsional
 #523012  por DrPrimeriso
 
Necesito mejorar la situacion de cliente, tiene aportes en nacion y en pcia. Esta jubilado actualemente por nacion con la ley 24.476.
Ahora bien, necesitaria:
- Reconocer por ANSeS servicios en una cantidad menor a la comprada para jubilarse, aqui surge que la cliente este cobrando el beneficio y no esta cancelada la totalidad del plan de facilidades de pago.
- Otra opcion es jubilarlo por edad avanzada en pcia., haciendo reconocer 1 mes de SDM en la nacion, y no tocar autonomo, los mismos no podran ser reconocidos por estar impaga la deuda.

El gran tema pasa por que pasaria con lo pagado hasta la fecha por ANSeS en concepto de haberes, estando aun pendiente la cancelacion del plan de facilidades de pago...
El problema surge en que si o si necesito del regimen de reciprocidad, porque si no fuera asi haria la jubilacion por pcia. y al momento de optar lo hara por la caja del IPS.
Alguien hizo algo parecido, o soy la unica persona que piensa estos disparates, el tema es que la diferencia de haber es importante como para buscarle la vuelta al problema.
 #523258  por andrea1982
 
No entiendo :S
Si ya está jubilado... Vos querés que de alguna manera tenga más aportes en la provincia para que lo pasen a la provincia?
 #523290  por celiaEsc
 
Hola: si ya se jubiló por ANSES, no puede tramitar una nueva prestación en provincia, sin que se den cuenta que la persona debió jubilarse en ips, si es que tenía más aportes ahí. Y si vas a ANSES, a solicitar un reconocimient o de servicios, y se dan cuenta, van a tener problemas, porque las normas ordenan lo contrario. Y si vas a solicitar un reajuste a ANSES, presentando menos aportes en IPS, eso sí podrías hacerlo, pero no se si te lo aprobarán, hay casos en los cuales no se acepta la incorporación de aportes para el posterior reajuste si no son una CANTIDAD IMPORTANTE.. lo deniegan si no lo presentaste oportunamente .. antes sí los aprobaban, Saludos
 #523352  por noelin
 
LO Q SI SE PUEDE, ES EL Q SE JUBILO X ANSES Y NO DECLARO TODO LO Q TENIA EN PCIA. Y ESO LE CAMBIA LA CAJA OTORGANTE, SE HACE EL RECO EN PCIA. Y CUANDO ESTE ACORDADO, SE PIDE LA JUBIALCCION EN LA PCIA. Y LA BAJA DE LA DE ANSES. ESO LO DEJERON EN ANSES Y HAY ANTECEDENTES
 #523500  por DrPrimeriso
 
Exacto noelin, eso es lo que estaba planteando, no hay ningun obstaculo, tiene menos aportes en pcia.que los comprados en moratoria, pero no aparece la afiliacion en autonomos en pcia. porque compre por ley 24.476.
Lo unico que rige es el principio de beneficio unico, y el rol de caja otorgante, despues no existe obstaculo para proceder...