En caso que plantea una colega, toma un trabajo que viene mal encaminado:
Su cliente fue a ver a un colega, quien intimo al empleador a la correcta registración pero olvido "notificar a AFIP".
Ahora, si bien la notificación a la AFIP es un requisito para que prosperen las multas de la 24013_
Hasta que momento o instancia puede ser notificada la misma ???
Es decir como vemos en el caso presente que el colega que tenia con antelación el caso, omitio la notificación a AFIP,
pero todavia no se han iniciado acciones judiciales (ni demanda ni seclo en cap.fed.)
Por lo tanto, mi duda es si es posible volver a intimar y remitir copia a la AFIP de la 2º intimación ???
Su cliente fue a ver a un colega, quien intimo al empleador a la correcta registración pero olvido "notificar a AFIP".
Ahora, si bien la notificación a la AFIP es un requisito para que prosperen las multas de la 24013_
Hasta que momento o instancia puede ser notificada la misma ???
Es decir como vemos en el caso presente que el colega que tenia con antelación el caso, omitio la notificación a AFIP,
pero todavia no se han iniciado acciones judiciales (ni demanda ni seclo en cap.fed.)
Por lo tanto, mi duda es si es posible volver a intimar y remitir copia a la AFIP de la 2º intimación ???