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  • CONTESTARON DEMANDA NO CORREN TRASLADO

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 #525069  por camilaruiz
 
Sigo con las preguntas de primer grado...

en un juicio por accidente la aseguradora contesta la demanda aduciendo la imposibilidad de accion contra ella ya que no esta trabada la litis. Además plantea inconstitucionalidad del art 242 CPPCN.

a eso el juzg provee: DE LA DOCUMENTACION ACOMPAÑADA E INCONSTITUCIONALIDAD PLANTEADA TRASLADO. NOTIFIQUESE.

1)El tema es que la asegurado no me corre traslado, ni lo va a hacer no? Entonces... YO QUE TENGO QUE HACER?
a) Ir al JUzgado y buscar las copias de traslado y dejar constancia en el expediente que me notifiqué y retiré copias? ESO COMO SE ESCRIBE EN EL EXPEDIENTE? Qué consecuencias tiene?
b) O tengo que esperar a que me corran el traslado?

En cualquiera de los dos casos, cuanto tiempo tengo yo para contestar al planteo de inconstitucionalidad. Es necesario hacerlo?

Como siempre muchas gracias y perdón por lo básico de mis preguntas
 #525096  por kantaclaro
 
Que en una providencia manifieste NOTIFÍQUESE, significa que ello debe efectuarse por cédula. Pero cuando la parte a la cual debe notificarse le interesa el impulso procesal (en la mayoría de los casos a la actora); no existe impedimento en que lo haga en forma "personal" dejando nota de ello en el expte.
Los plazos para contestar el traslado dependerá del tipo de proceso (ordinario o sumario). Saludos
 #525259  por kantaclaro
 
Sólo presentate en la mesa y al empleado que te atiende le decís que te notificás y retiras las copias (seguramente la nota la escribirá él y te pedirá la credencial). Saludos
 #525738  por ladoctis
 
Tal como dicen los colegas. Si la nota la hacés vos, ponés algo así, simplemente: Que vengo a notificarme espontáneamente de la resolución en los autos...... del día......, que consta en fojas.......
Saludos.