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Consultas sobre pensiones, jubilaciones, aportes y todo lo relacionado al Derecho Previsional
 #526748  por alejandra01
 
Chicos. leí una vez los requisitos para pedir pronto despacho. En solicitudes normales hay que esperar 6 meses..pero en el caso de una persona mayor de 70 años, u 80, leí en esa oportunidad y no sé donde, que se puede pedir antes...
Díganme si saben si puedo pedir un pronto despacho en una pensión, ya que solo deben controlar un sicam, para una señora que es mi abuelita y tiene 86 años. La verdad, me gustaría mucho que disfrutara en vida el cobro de la pensión de mi abuelo.
La ingresé el 20 de febrero. Ya se que és poco tiempo...pero no hay trabajo que hacer...solo chequear un sicam, y su edad lo justifica no?.
gracias a quienes puedan decirme si corresponde o no una solicitud de pronto despacho... *abrazo*
 #526749  por noelin
 
HOLA ALE: FIJATE BIEN EN LA LEY DE PROC ADM. Q SIEMPRE SE APLICA EN LOS TRAMITES PREV. POR EL DCTO 722, ME PARECE Q SON 60 DIAS.
 #526849  por alejandra01
 
si los tomamos como hábiles, tengo que esperar como 3 meses...
Uf...!. eso me pasa por pagar deuda de otros...ahora tengo que esperar para cobrar mi platita... :twisted:
gracias chicas...!
 #526870  por fabidoc
 
Son 60 días. Presentado el Pronto Despacho la administración tiene 30 días para expedirse. Recién ahí se interpone la Mora Administrativa.
 #526878  por alejandra01
 
Gracias Fabi...
ahora tu avatar me gusta por el Sombrerero de Alicia en el País de las Maravillas... :lol: )
nos vemos..
 #526880  por fabidoc
 
Me mata como sombrerero!! voy a ver si lo puedo pegar así.
:D
 #526922  por alejandra01
 
fabidoc escribió:Me mata como sombrerero!! voy a ver si lo puedo pegar así.
:D
:lol: :lol: :lol: . sabía que ibas a Morir cuando ví la peli con mi hija... :lol: