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Le ofrecemos este nuevo espacio exclusivo para temas relacionados con el Derecho Laboral
 #527692  por diti08
 
Si un trabajador, ingreso en 1994 hasta el año 1997, se fue de la empresa y reingreso en el año 2001 hasta la actualidad. Y los primeros 3 años los trabajo en negro, y luego en su ingreso en el 2001 esta en blanco. Cual seria la indemnizacion que le corresponderia?, con una salvedad en 1997 a pesar de estar en negro presento una renuncia.
la del 245 se debe contar todos los años desde 1994?
Tiene multas por esos años que trabajo en negro? yo creo que no porque debio reclamarlas en el tiempo que le da la ley, me equivoco?
Alguien me podria guiar en la liquidacion que le corresponderia recibir?
Gracias
 #527805  por GU
 
Creo que ya conteste esta pregunta. La vuelvo a responder.

Tenes que computar todos los periodos efectivamente laborados a los efectos del calculo de la antiguedad del 245. Los periodos en los que no trabajo, no se cuentan.

No importa que entre el 94 y el 97 haya estado en negro y presentado renuncia. Ese periodo de 3 o 4 años debe computarse a los fines del 245. Como decis que fue por renuncia, asumo que no le pagaron indemnizacion (si se la pagaron, tenes que deducirla de lo reclamado).

Como multas por el trabajo en negro podes reclamar la de la 25323 (no asi la de la 24013).

Salutes!
 #527848  por diti08
 
Gracias Gu! pero sigo teniendo una duda, y perdona mi falta de entendimiento.- la del 245 es por 16 años osea del 94 a la fecha, o es 3 años 94-97 mas 9 del 2001 a la fecha, es decir 12 años.-
Y la otra, como calculo las multas de la ley 25323? No prescriben al no haber reclamado, luego del 97?
Todavia esta dentro de los 30 dias el empleador, puede hacer los aportes de esos años?
Gracias