La AFJP no esta obligado a pagar el suplemento de haber minimo, eso lo hace el ANSES, pero lo hace solamente en los casos que haya contenido publico. O sea que haya llegado a los 30 años de aportes, o que tenga aportes realizados con anterioridad en reparto. Si la persona tiene una JO toda de la AFJP, o sea trabajo por ejemplo del 1995 a la fecha, le pagaran los 12 años correspondientes y listo y olvidate ahi del suplemento de haber minimo.
SALUDOS DIEGO