Colegas: Me vino a ver un cliente que lo despidieron de una fabrica de plasticos. Este señor habia trabajado en la misma fabrica en el año 2003. Renuncio y luego de unos meses lo tomaron nuevamente. Segun me relata se fue al Sindicato y alli le dijeron que a los efectos del calculo de la indemnizacion por antiguedad se le debe tomar como fecha de inicio el año 2003 (periodo despues del cual renuncio !!!) Y ademas a mano alzada le practicaron la liquidacion con estos parametros. Y le aseguraron que es asi. Yo me lei todo el Convenio y no encuentro nada al respecto
Alguien sabe algo para ayudarme ???
Gracias
Alguien sabe algo para ayudarme ???
Gracias
