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  • Lugar de consulta entre los colegas sobre lo que estipulan las Leyes Arancelarias que rigen nuestra profesión.
Lugar de consulta entre los colegas sobre lo que estipulan las Leyes Arancelarias que rigen nuestra profesión.
 #530677  por loana12
 
Estimados colegas mi cliente vino por un tema laboral : "les deja el negocio en marcha a sus empleados(dos que tiienen una antiguedad de 12 años) solo les cobra el alquiler por 6 años.Mi asesoramiento es envien telegrama de renuncia y les hago contrato de alquiler y comodato por los bienes que hay en el negocio.Los empleados lo habilitan a su nombre.
Cuanto puedo cobrar por esto, me dicen que se cobra bien porque le soluciono el tema laboral...No quiero cobrar un disparate pero tampoco regalar el trabajo....ºGracias