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  • art 132 bis

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 #531104  por maurinio
 
hola alguien me puede decir com proceder con el 132 bis? ¿necesito hacer la denuncia en anses o afip?, ¿el monto de la multa que se impone en el articulo la devengo directamente en la demanda?¿notifico fehacientemente el incumplimeinto al empleador?, desde ya muchas gracias
 #531262  por julioricardo
 
Yo iniciaria un incidente por aplicacion de astreintes. Presentar junto al escrito, la hoja del historial del anses(donde figuran los aportes y contribuciones flatantes), mas la constancia de la intimacion al demandado para que por 30 dias haga los aportes y pediria la aplicacion de una mensualidad(astreintes) igual al ultimo sueldo cobrado(demostrar cual fue, con recibo), para lo cual solicitar la apertura de una cuenta a nombre del juzgado(nombre de causa), donde el demandado deposite y vos puedas cobrarlo, (por oficio al banco)hasta que se regularizen los depositos ante la afip, de tus aportes.
Es un procedimiento en varias partes, se concede por auto. Suerte.
 #531299  por maurinio
 
mil gracias completisimo despues te cuento como me fue. mauro