Estimados:
Soy cliente de un mecanico de motos que me hizo la siguiente consulta jurídica, harto de que le dejen motos abandonadas en su taller (desde el año 1984).
El tema es que vienen los clientes para que se le reparen sus motos y nunca mas las retiran, como consecuencia de esto, el amigo tiene un cementerio de motos en el patio de su casa y en su taller mecanico, lo que le impide trabajar con comodidad; y consecuentemente, la perdida de tiempo y dinero.
Que criterio habria que adoptar para perseguir el cobro de la deuda (¿notificarlos?). No todos declaran un domicilio o dan su telefonos y no siempre son los titulares registrales los que llevan a reparar el ciclomotor (todavia reina el informalismo en esta materia).
Como juegan los institutos del derecho de retención y la prescripción adquisitiva.
Muchas Gracias.
Luis Morilla
Soy cliente de un mecanico de motos que me hizo la siguiente consulta jurídica, harto de que le dejen motos abandonadas en su taller (desde el año 1984).
El tema es que vienen los clientes para que se le reparen sus motos y nunca mas las retiran, como consecuencia de esto, el amigo tiene un cementerio de motos en el patio de su casa y en su taller mecanico, lo que le impide trabajar con comodidad; y consecuentemente, la perdida de tiempo y dinero.
Que criterio habria que adoptar para perseguir el cobro de la deuda (¿notificarlos?). No todos declaran un domicilio o dan su telefonos y no siempre son los titulares registrales los que llevan a reparar el ciclomotor (todavia reina el informalismo en esta materia).
Como juegan los institutos del derecho de retención y la prescripción adquisitiva.
Muchas Gracias.
Luis Morilla